jueves, 11 de mayo de 2017

El caso de Diana Belén, ¿otro feminicidio impune?

CIUDAD DE MÉXICO: Diana Belén Hernández Moreno, hija del presidente fundador del Colegio Mexicano de Ingenieros Civiles, Florencio Hernández del Ángel, fue secuestrada el 28 de mayo de 2016 y posteriormente asesinada; hoy su homicida y uno de los secuestradores, a pesar de estar ambos confesos, se encuentran a un paso de ser exonerados y lograr su salida del centro de readaptación juvenil.

Dos días antes del secuestro de la joven, su padre Florencio Hernández del Ángel y el presidente del Colegio, Ricardo Meza Padilla, había denunciado actos irregulares cometidos por funcionarios de la entonces Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (Seduvi) del Distrito Federal, al haber reconocido a Gregorio López Rivas como verdadero presidente del Colegio, sin embargo, la desaparición de Diana Belén frenó la acusación pública.



Hernández del Ángel tuvo, en un primer momento, la idea de que su hija había sido secuestrada para evitar que diera a conocer la resolución del Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito del 11 de noviembre de 2014 y en donde determinaba que todos los actos realizados por Gregorio López Rivas pasaban a ser “nulos”, ya que no contaba con el reconocimiento oficial de la asamblea en la que pretendió hacerse del Colegio Mexicano de Ingenieros Civiles.

En entrevista con Apro, Hernández del Ángel relató que ello implicaba echar abajo decenas de manifestaciones de obra para la construcción de edificios en la Ciudad de México, lo significaría pérdidas millonarias.

También detalló que para que una obra pueda iniciarse debe contar con un director de obra, el cual debe estar avalado por un colegio de ingenieros, pero al no estar reconocido legalmente el Colegio que encabezó López Rivas, entonces se tendrían que derribar varias de las obras ya edificadas.

Igual dijo que su primera idea fue que el secuestro de su hija tenía como fin un mensaje para que no continuara en las denuncias; entonces el ingeniero Hernández del Ángel hizo a un lado su trabajo y se dedicó por entero a encontrar a su hija.

Ello ocurrió el 6 de junio pasado cuando la policía capitalina le informó que la joven fue hallada sin vida en la carretera federal Cuautla-Cuernavaca, a la altura del Caños de los Lobos.

“Las autoridades nos dijeron que tenía de tres a cinco días de haber sido privada de la vida”, recuerda el ingeniero Hernández del Ángel.

Poco después las autoridades ubicaron a dos jóvenes de 17 años, uno de ellos identificado como Gustavo “N” y quien estudiaba en la misma escuela que la víctima.

El otro era Carlos “N”. quien, de acuerdo con la resolución del 14 de octubre pasado del Juzgado Noveno de Justicia para Adolescentes en Proceso, confesó al ser detenido: “Yo no la maté, fue Gustavo, él me obligó a que la cuidara y lo acompañara a llevarla a Morelos, al Caños de los Lobos”.

En tanto que Gustavo, según el expediente, aceptó haberse puesto de acuerdo con Carlos para secuestrar a la joven, y de su muerte declaró: “Me siento arrepentido de no haber hecho nada para evitar su muerte, ya que cuando Carlos se la lleva hacia los árboles de un bosque, me quedo consternado y, cuando reacciono, veo que Diana está en el suelo y sin poder moverse, entonces entro en shock sin poder hacer nada”.

Diana Belén, luego de ser secuestrada por los jóvenes, fue amordazada con cinta industrial, impidiendo de esta manera que pudiera respirar, por lo que muere asfixiada, según el expediente judicial.

El 14 de octubre de 2016, el Juzgado Noveno declara culpables a ambos jóvenes de secuestro y asesinato, por los que les aplica la pena máxima para un menor de edad, cinco años.

Sin embargo, los inculpados interponen recurso de revisión ante la Sala Segunda de Justicia para Adolescentes del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, donde se confirma la sentencia de culpabilidad, pero debido a que Gustavo se mostró “arrepentido”, y a que puede ser reinsertado a la sociedad por su buen comportamiento, se reduce su pena a cuatro años, y la de Carlos a cuatro años y nueve meses de reclusión.

El presidente fundador del Colegio Mexicano de Ingenieros Civiles, Florencio Hernández del Ángel, se inconformó por la reducción de sentencia y el caso pasó al Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito.

Fue así que el martes 9 Hernández del Ángel acudió ante la magistrada ponente del caso, Olga Estrever Escamilla, quien le dejó entrever que los sentenciados podrían ser liberados debido a que se violó “el debido proceso”.

“Me dijo que las pruebas de la cámara de Gesell no son concluyentes; que los videos del centro comercial en donde aparece su hija con uno de los inculpados no son nítidos, y que ‘se violó el debido proceso. ¿Se acuerda usted del caso de Florence Cassez?’, me dijo, lo cual me indignó”, relata el padre de la víctima.

“También me insinúa que estos mocosos tienen la posibilidad de ser exonerados”, entonces le reclamé y me respondió: “Yo no digo eso, pero se violó el debido proceso”.

El 3 de junio de 2014, medios capitalinos dieron a conocer que Estrever Escamilla fue la magistrada “que invalidó la condena de 31 años de prisión contra Javier Noroña Guerrero, ‘La Rana’, secuestrador del niño Fernando Martí Haik”, y que ya ha sido sancionada por incumplir disposiciones jurídicas relacionadas con su encargo”.

Se trata de un castigo que le impuso el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) el 26 de marzo de 2003, cuando Olga Estrever Escamilla se desempeñaba como integrante del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Distrito Federal. Dicha falla la hizo acreedora a un apercibimiento privado, por derivar de un hecho no grave.

De acuerdo con los archivos del CJF, publicados en sus página de Internet (www.cjf.gob.mx), la penalidad derivó de una queja administrativa que se interpuso en contra de la magistrada, aunque no explica los motivos por los cuales se aplicó esa sanción, la cual está inscrita en el expediente 463/2002, según se detalló en los medios de aquel año.

En el caso de secuestro y muerte del niño Fernando Martí, la falta de la firma de un agente del Ministerio Público de la PGR propició la revocación de la sentencia de 31 años de prisión contra La Rana, y por ello la magistrada Estrever Escamilla invalidó la sentencia a Noroña Guerrero y regresó el expediente a un juez de Nayarit para que dictara una nueva sentencia.

En aquella ocasión el empresario Alejandro Martí, padre de Fernando, dijo al respecto: “¿Qué certeza tenemos las víctimas de que quienes están en prisión por lastimar a nuestra familia no saldrán por la falta de una firma o cuestiones similares?”.

Este tipo de acciones, “que son cuestiones de forma”, entorpecen el acceso a la justicia y “sirven de pretexto para solapar a secuestradores y asesinos”, acusó.

La audiencia del Cuarto Tribunal Colegiado, en donde la magistrada ponente hará referencia a la violación del debido proceso en el marco del expediente 375/2016 sobre el secuestro y muerte de Diana Belén Hernández Moreno, según se lo comentó al padre de la víctima, se realizará este viernes 12.

Los otros magistrados que decidirán si los inculpados obtienen su libertad, hoy mayores de edad, son Elvia Rosa Díaz de León y Héctor Lara González.

Ahora, dice el padre de la joven víctima, “ya no me interesa el tema del Colegio, lo que quiero es que no quede impune la muerte de mi hija y que el resto de mi familia esté segura”.


De ocurrir la liberación de ambos homicidas, un feminicidio más podría quedar impune.

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: JESUSA CERVANTES.
LINK: http://www.proceso.com.mx/485994/caso-diana-belen-feminicidio-impune