OAXACA, Oax: La Comisión Reguladora de Energía (CRE), órgano desconcentrado de la Secretaría de Energía otorgó permisos a la empresa Eólica de Oaxaca SAPI de CV filial de la transnacional EDF Energies Nouvelle, sin consulta de por medio, con lo que violó los derechos de la comunidad indígena zapoteca de Unión Hidalgo.
Por esta razón, la comunidad indígena zapoteca de Unión Hidalgo con el acompañamiento del Proyecto de Derechos Económicos Sociales y Culturales AC (ProDESC) interpuso un amparo para solicitar la protección de la justicia federal ante los Juzgados de Distrito con sede en Salina Cruz, Oaxaca.
De igual forma, recurrirán a la Relatora Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas de la ONU, Victoria Tauli, para denunciar que el Estado mexicano en lugar de garantizar certeza jurídica para la comunidad indígena zapoteca de Unión Hidalgo, violó sus derechos a la libre determinación, a la consulta y al consentimiento libre, previo e informado que se encuentra establecido en la Declaración de las Naciones Unidas.
De acuerdo con los más altos estándares de derechos humanos el derecho a la consulta y al consentimiento libre, previo e informado se debe garantizar en las etapas preliminares de los proyectos.
A través de un comunicado, ProDESC precisó que la Comisión Reguladora de Energía (CRE) otorgó la autorización en tiempo récord porque la empresa solicitó el permiso el 27 de abril de 2017 y se le autorizó el 29 de junio con el número de resolución RES/1219/2017.
En el permiso se estipula que la “Central Eólica Gunaa Sicarú” contará con 96 aerogeneradores, con una capacidad de 2.625 megawatts cada uno para generar un total de hasta 252 megawatts. De igual forma, se estipula que la producción anual estimada será de 825.7 gigawatts hora por un tiempo de 30 años.
El representante de bienes comunales de Unión Hidalgo, Oscar Marín, manifestó que “las personas que habitamos esta comunidad nos reconocemos como parte del pueblo indígena zapoteco y al otorgar los permisos a la empresa EDF, se viola nuestro derecho a la libre determinación, a la consulta y al consentimiento libre, previo e informado que se encuentra establecido en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo y la jurisprudencia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos”.
Además, mencionó que “este acto afecta la propiedad y posesión de las tierras comunales de nuestra comunidad, ya que tenemos conocimiento de que para legalizar su arbitraria introducción han firmado contratos de arrendamiento con supuestos pequeños propietarios, situación que violenta nuestros derechos como comunidad indígena y desconoce el reconocimiento legal que tenemos por el Registro Agrario Nacional, y esto significa una violación a nuestros derechos humanos”.
Por su parte, Juan Antonio López, Coordinador del Área de Justicia Transnacional de ProDESC, mencionó que: “en el permiso se establece que el inicio de obras será el 1° de diciembre de 2017 para terminar el 31 de mayo de 2019 y para que empiece a operar el parque a partir del 1° de junio de 2019. Esto, a pesar de la falta de un aviso formal por parte de las autoridades de que se realizará algún proceso de consulta”.
Además, “limita el principio de ‘consulta culturalmente adecuada’ ya que deberá ser la misma comunidad quien dicte los tiempos necesarios para que se garantice el derecho a la consulta y al consentimiento libre, previo e informado”.
De acuerdo con los más altos estándares de derechos humanos el derecho a la consulta y al consentimiento libre, previo e informado se debe garantizar en las etapas preliminares de los proyectos. Esto incluye actos administrativos y cada una de las fases que impliquen la implementación de proyectos, ya que su propósito es garantizar que los pueblos indígenas participen de forma activa en las decisiones y acciones que afecten su vida, su tierra, territorio y bienes naturales.
FUENTE: PROCESO.
AUTOR: PEDRO MATÍAS.
LINK: http://www.proceso.com.mx/496968/acusan-a-la-cre-otorgar-permiso-a-empresa-eolica-sin-consultar-a-comunidad-zapoteca