jueves, 27 de julio de 2017

La CNDH pide a la Conasami contemplar la necesidad de tener un salario mínimo suficiente

CIUDAD DE MÉXICO: La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) reiteró la necesidad de que México promueva el crecimiento económico y sostenido, inclusivo y sostenible, el empleo pleno y productivo, y el trabajo decente para todos, tal como lo plantean los objetivos de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.

En el marco de la reciente reunión de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (Conasami), destacó la necesidad de que las trabajadoras y trabajadores “tengan un salario mínimo suficiente, aunado al beneficio de contar con medidas eficaces de protección social”.



En ese sentido, exhortó a la Conasami a que sus determinaciones tomen en cuenta las perspectivas de derechos humanos, que permitan alcanzar percepciones que satisfagan las necesidades básicas de ese sector.

El organismo consideró de vital importancia reiterar la relación que existe entre el salario mínimo suficiente y el goce de los derechos humanos, y manifestó que debe retomarse lo dispuesto por el artículo primero Constitucional, en su párrafo cuarto, sobre la obligación de todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

En un comunicado, la CNDH recordó que en junio de 2016 acercó a los diferentes sectores que conocen de la materia, el estudio “Salario mínimo y derechos humanos”, relativo a la importancia de tal relación, además de que plantea elementos concretos que pueden reflejarse en acciones concretas de recuperación gradual y sostenida de los salarios mínimos.

México, agregó, debe realizar acciones que se adhieran a la consecución de los objetivos de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, específicamente el Objetivo 8, que busca promover el crecimiento económico y sostenido, inclusivo y sostenible, el empleo pleno y productivo, y el trabajo decente para todos.

Ello aunado al Objetivo 16, apuntó, cuyo propósito consiste en promover sociedades pacíficas e inclusivas para el desarrollo sostenible, facilitar el acceso a la justicia para todos y crear instituciones eficaces, responsables e inclusivas a todos los niveles.

Destacó que el estudio realizado por la CNDH da cuenta de la importancia de considerar los instrumentos internacionales, recomendaciones de organismos, tratados y jurisprudencia internacional y nacional, entre ellos la Declaración Universal de los Derechos Humanos; la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), y el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

Asimismo, las Recomendaciones 30, 89 y 135 de la Organización Internacional del Trabajo; la Recomendación General No. 13 del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, y la Observación General No. 18 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Comité DESC) sobre el Derecho al Trabajo, así como criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de tribunales y cortes constitucionales de otros países de la región, y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en torno de dicha temática.

En ese orden, reiteró que el salario mínimo refleja el monto económico irreductible que debe percibir diariamente toda persona que realiza un trabajo personal y subordinado, conjuntamente con las medidas de protección social, y constituye un medio fundamental para asegurar una vida digna, pues de ello depende el acceso a servicios y satisfactores que contribuyan al disfrute de los derechos humanos consustanciales al bienestar de las personas, tales como la alimentación, vivienda adecuada con servicios indispensables, salud, agua y saneamiento, entre otros.

Subrayó que en comunicados pasados señaló que las cifras de pobreza en México se han incrementado, y entre las causas probables destaca que a las trabajadoras y trabajadores, sean o no formales, sus ingresos no les alcanzan a cubrir para sí ni para su familia las necesidades normales en el orden material, social, cultural y educativo, lo que refleja que el salario mínimo general es insuficiente.


Desde el punto de vista jurídico, apuntó, nuestra Constitución Política, las normas en materia de derechos humanos previstas en los instrumentos internacionales, los criterios del Poder Judicial de la Federación, la CIDH, los órganos de vigilancia de los tratados y mecanismos especiales, destacan la importancia de proveer a las trabajadoras y a los trabajadores en activo, así como a aquellos jubilados, pensionados y beneficiarios de retiro que perciben el equivalente a un salario mínimo, las condiciones materiales necesarias para alcanzar un nivel de vida adecuado.

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: REDACCIÓN.
LINK: http://www.proceso.com.mx/496566/la-cndh-pide-a-la-conasami-contemplar-la-necesidad-tener-salario-minimo-suficiente