Casi 400 internos del penal estatal de Chiconautla abandonarán su encierro tras ganar un amparo colectivo por tortura y fabricación de delitos falsos que obliga a las autoridades a reabrir sus expedientes y sustituir la prisión preventiva por libertad bajo caución.
Al resolver el juicio de amparo 1595/2016-III promovido por José Humbertus Pérez Espinoza, preso de conciencia que fundó la asociación Presunción de Inocencia para defender a sentenciados y procesados de las anomalías en sus procesos, el Juzgado Décimo Tercero de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez, resolvió que “la Justicia de la Unión ampara y protege” a los 395 promotores del recurso.
El 4 y 24 de mayo de 2016, los quejosos informaron al presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México (TSJEM), Sergio Medina Peñaloza, de la promoción de una denuncia por la fabricación de las carpetas de investigación en su contra y el uso de la tortura para obtener sus confesiones, y le demandaron dar celeridad a las investigaciones.
La petición no fue atendida, razón por la cual demandaron su resolución y la reapertura de sus expedientes.
El amparo que les fue otorgado el pasado 18 de julio obliga a la autoridad responsable a restituir los derechos violados a los quejosos, “restableciendo las cosas al estado que guardaban antes de la violación”.
El juez establece un plazo de 15 días para que el Ministerio Público de la Mesa Octava adscrito a la Fiscalía Especial de Delitos Cometidos por Servidores Públicos tome a los quejosos la ratificación por el presunto delito de tortura y fabricación de delitos, amplíe declaraciones y practique los exámenes periciales correspondientes con base en el protocolo de Estambul.
Después, la autoridad dispondrá de 60 días naturales para formular nuevas imputaciones o determinar el no ejercicio de la acción penal.
Además, en estos casos se deberá suplir, en términos de nuevo sistema de justicia acusatorio, la prisión preventiva en que se encuentran por medidas económicas alternas; es decir, podrán enfrentar el proceso en libertad después de cubrir una fianza.
Por el contrario, el recurso fue sobreseído en cuanto a la responsabilidad del gobernador Eruviel Ávila, del fiscal Alejandro Gómez, del subprocurador general de Justicia, del director general de Litigación, de los fiscales regionales de Ecatepec y Texcoco, del fiscal de Delitos de Servidores Públicos, y de la Comisión de Seguimiento de casos de Tortura del TSJEM.
En la promoción del amparo, los inconformes además arguyeron el incumplimiento de la Ley General de Medidas Cautelares y la falta de sentencia a 60 por ciento de los procesados bajo el viejo sistema ordinario, quienes tienen hasta 12 años en espera de una sentencia y se encuentran en el olvido, a pesar de que la Constitución dice que no pueden pasar más de 2 años en estas condiciones.
El Poder Judicial del Estado de México, denunció Pérez Espinoza, también violentó la Ley de Vigilancia de Medidas Cautelares, conforme a la que hasta 70 por ciento de la gente procesada por robo, siempre que no se cometiera con violencia, alcanza derecho a fianza, y en el caso de los delitos de alto impacto, como la violación o el homicidio, pueden acceder a la preliberación con apoyo de brazaletes electrónicos.
Esta norma, recordó, tuvo como objetivo que no se siga aplicando indiscriminadamente la prisión preventiva, sino se otorguen medidas alternas.
Fuente: Proceso
Autora: Veneranda Mendoza
http://www.proceso.com.mx/496003/se-amparan-400-reos-chiconautla-acusaron-tortura-reabriran-sus-casos