Ciudad de México. El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) retomará la facultad de establecer tarifas de interconexión entre el agente económico preponderante en telecomunicaciones y sus competidores, como resultado de la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en la que le da la razón a Telcel respecto a que le corresponde al regulador y no al Legislativo esa atribución.
“Una vez que sea publicada la sentencia de la SCJN, el Instituto analizará sus efectos para darles cabal cumplimiento y resolver lo conducente sobre las tarifas de interconexión aplicables al agente económico preponderante, como siempre, en estricto apego a la Constitución y la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión”.
Con esta resolución de la Corte queda eliminada la llamada tarifa cero, que fue establecida por el Legislativo, y por la cual los competidores no pagaron por la terminacion de sus llamadas en la red de Telcel durante casi tres años. Antes de que el Legislativo ordenara la aplicación de la tarifa cero el IFT había establecido tarifas de interconexión para regular la relaciónb comercial entre Telcel y sus competidores.
"La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que corresponde al IFT la competencia originaria y exclusiva para fijar el régimen asimétrico relativo a las tarifas de interconexión para la terminación de tráfico en la red móvil del agente económico preponderante”.
"La Corte habría acotado el amparo concedido a Telcel, al señalar que la restitución de tarifas de interconexión no serán retroactivas, de tal forma que las empresas que usan la red de Telcel para la terminación de llamadas no tendrán que pagar cuentas millonarias acumuladas a lo largo de tres años de vigencia de la tarifa cero, uno de los principales temores de los operadores, con repercusiones para los usuarios finales, ya que se trasladarían los costos a los servicios.
El regulador explicó que la Suprema Corte llegó a esta conclusión a partir “del nuevo diseño institucional que creó al IFT como la instancia especializada en el sector, que cuenta por tanto con los elementos técnicos para expedir esta regulación, pero sobre todo, con la competencia para ello otorgada directamente por la Constitución.
Destacó que con la decisión de la Corte se reconocen las facultades constitucionales del Congreso de la Unión para legislar en materia de telecomunicaciones y radiodifusión, pero sin sustituir al Instituto en el ejercicio de sus propias facultades constitucionales. “Con esta sentencia se avanza en la consolidación de un nuevo diseño institucional que fortalece el papel de los órganos reguladores del Estado”.
En redes sociales especialistas en telecomunicaciones coincidieron en que la resolución de la Corte refleja el respeto a las instituciones, y la importancia de que haya tarifas reguladas por el IFT para el mejor funcionamiento del mercado.
El ex comisionado Rodríguez Morales Elcoro escribió en su cuenta de Twitter, que el fallo de la Corte “fortalece la política regulatoria, predecible, de naturaleza autónoma y con bases técnicas”.
El presidente de la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (Amedi), Jorge Fernando Negrete señaló que la decisión de la Corte es “indibitable”, y queda demostrado que en el sector telecomunicaciones se respetan las decisiones.
Mientras que el consultor Ramiro Tovar Olanda, tuiteo que “certidumbre jurídica es la efectividad, control institucional. Tarifas reguladas pero justificadas por entidad autónoma especializada”.
FUENTE: LA JORNADA.
AUTOR: MIRIAM POSADA.
LINK: http://www.jornada.unam.mx/ultimas/2017/08/16/ift-retomara-facultad-para-establecer-tarifas-de-interconexion
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