Sin embargo, la Sala Superior del Tribunal podría modificar el cómputo final e incluso pronunciarse sobre la validez de la elección.
A propuesta de su presidenta, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación avaló la convocatoria del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) para realizar el cómputo final de la elección de gobernador.
El Partido Acción Nacional había impugnado la convocatoria a los integrantes del Consejo General del IEEM para realizar una sesión ininterrumpida de cómputo final de la elección de la gubernatura, a celebrarse el 8 de agosto en curso.
El demandante pretendía que se revocara esa convocatoria y se ordenara al instituto local esperar llevar a cabo la sesión hasta que fueran firmes las determinaciones sobre los cómputos distritales, una vez que la Sala Superior resolviera las impugnaciones respectivos.
EL TEPJF declaró infundada la pretensión del PAN, “toda vez que en la normativa electoral no se advierte el deber para el Consejo General del instituto local de esperar a que, en su caso, sean resueltas las impugnaciones promovidas ante esta instancia jurisdiccional antes de convocar a la sesión de cómputo final de la citada entidad federativa”.
Asimismo, se tiene en consideración que en materia electoral la interposición de los medios de impugnación no produce efectos suspensivos sobre la resolución del acto impugnado, por lo que no existe impedimento jurídico alguno para que el mencionado Consejo General lleve a cabo el cómputo final de la elección de la gubernatura.
Al explicar la sentencia, la presidenta del TEPJF, Janine Otálora, dijo:
“Quiero dejar aquí muy en claro que los diversos partidos que participaron en la contienda electoral en el Estado de México, precisamente los partidos MORENA, Acción Nacional, de la Revolución Democrática y del Trabajo, impugnaron, presentaron 127 juicios contra los 45 cómputos distritales en el Estado de México; de estos, derivado de una serie de acumulaciones procesales llevadas a cabo por el juez local, se emitieron 50 resoluciones, las cuales ya fueron impugnadas ante esta Sala Superior, presentándose en total 88 juicios de revisión electoral, 45 por parte de MORENA, 20 por parte de Acción Nacional, 11 del Partido de la Revolución Democrática y 12 del Partido del Trabajo.
“Con estas impugnaciones lo que hicieron los partidos actores es que impugnaron las decisiones recaídas en los 45 distritos que conforman la entidad federativa. Esta Sala Superior está apenas estudiando estos expedientes que han llegado y (la sentencia) no quiere decir… que lo que determine el Instituto el día de mañana quede firme, ya que una vez que está Sala Superior empiece a revisar los juicios de revisión constitucional promovidos, podría, en su caso, llegar a modificar el cómputo en algunos distritos, lo cual impactaría en el cómputo de la entidad federativa, así como, en su momento, esta Sala Superior deberá pronunciarse en caso de una impugnación de la validez de la elección y, en su caso, de la persona que quede electa como gobernador o gobernadora del Estado de México”.
FUENTE: ARISTEGUI NOTICIAS.
AUTOR: REDACCIÓN.
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