CIUDAD DE MÉXICO: Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito (Nafin) deberá transparentar el número total de personas indemnizadas por daños ambientales o daños a la salud, con cargo al patrimonio del Fideicomiso Río Sonora.
La información deberá estar desglosada por año, tipo de compensación y monto otorgado a cada uno de los afectados, del 15 de septiembre de 2014 al 26 de junio de 2017, ordenó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Dicha información fue solicitada por una particular a quien Nafin le respondió que era confidencial y, por lo tanto, protegida por el secreto fiduciario, ya que se trataba de documentos relacionados con operaciones, que por su carácter de institución de crédito sólo podía entregar al fideicomitente, fideicomisario y representantes legales, de acuerdo con la Ley de Instituciones de Crédito.
Inconforme con la respuesta, el particular interpuso recurso de revisión ante el INAI, sin embargo, en alegatos Nafin reiteró su respuesta y precisó que el Fideicomiso Río Sonora fue constituido bajo disposiciones del derecho privado, cuyo patrimonio se conforma con recursos privados, mientras que sus fideicomitentes son sociedades anónimas privadas.
Al presentar el caso ante el pleno del INAI, la comisionada Areli Cano Guadiana expuso que la solicitud se relaciona con los hechos ocurridos el 6 de agosto de 2014, cuando la minera Buenavista del Cobre, del Grupo México, derramó 40 mil metros cúbicos de lixiviados de sulfato de cobre, en el arroyo Tinajas del río Bacanuchi y el río Sonora, que alimentan a la presa El Molinito.
Y argumentó que la particular tiene interés en conocer datos sobre el resarcimiento económico por los daños ambientales y a la salud, causados con cargo al patrimonio del Fideicomiso creado para tales efectos.
En ese sentido, la ponencia planteó que, si bien la información se encuentra protegida bajo el secreto fiduciario, pues de acuerdo con la Ley de Instituciones de Crédito, Nafin interviene en calidad de fiduciario en el Fideicomiso Río Sonora, lo cierto es que éste fue creado como fuente y medio de pago para remediar, reparar o compensar los daños ambientales y a la salud causados por el derrame.
La ponencia de la comisionada advirtió un conflicto entre dos derechos: el de la particular de conocer la cantidad de personas a quienes se ha restituido y la protección de las operaciones del fideicomiso privado.
Así, efectuó una prueba de interés público y concluyó que “existe un fin constitucionalmente válido para hacer del conocimiento público la información de interés de la peticionaria”.
la información, abundó, permite transparentar y rendir cuentas sobre acciones ejecutadas en favor de población afectada por el derrame de sustancias contaminantes, así como las medidas implementadas por las empresas responsables, en acatamiento a la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental.
“No existe un medio menos oneroso que el ejercicio del derecho de acceso a la información, para saber la forma en cómo las empresas fideicomitentes cumplen con la reparación impuesta por la normatividad aplicable, si se han cumplido los fines del fideicomiso, y si el actuar de las autoridades competentes ha sido el adecuado”, subrayó la comisionada Cano.
Por ello se determinó que la protección de los datos generados con motivo del Fideicomiso privado Río Sonora, “se ve superado por el interés de los ciudadanos de conocer el número de personas resarcidas o compensadas por daños ambientales o a su salud”, ocasionados por el derrame de contaminantes en el estado de Sonora.
Por lo tanto, se determinó que, si bien la información requerida se encuentra protegida por el secreto fiduciario, dada la naturaleza privada del fideicomiso, “debe prevalecer el derecho a saber de la sociedad” por lo que el pleno del INAI revocó la respuesta de Nafin y le instruyó que entregue a la particular los datos de su interés.
FUENTE: PROCESO.
AUTOR: REDACCIÓN.
LINK: http://www.proceso.com.mx/507741/nafin-debe-informar-indemnizaciones-derrame-toxico-en-rios-sonora