CIUDAD DE MÉXICO (proceso.com.mx).- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) informar sobre su actuación en los hechos en la Sindicatura de Villa Unión, el 30 de junio de 2017, en donde murieron 17 personas en un enfrentamiento con la policía municipal de Mazatlán, Sinaloa.
En respuesta, la dependencia señaló que no localizó ningún documento relacionado con la materia de la solicitud, razón por la cual el particular se inconformó y presentó un recurso de revisión ante el INAI, manifestando que la Sedena cuenta con registros de todos los eventos donde participa su personal.
Asimismo, agregó que en medios de comunicación circularon las declaraciones de los jefes policíacos de la entidad federativa y del municipio de Mazatlán, en las que dieron a conocer que fueron apoyados por personal militar el día del evento referido.
En alegatos, la Sedena reiteró su respuesta y precisó que el personal militar participó después del enfrentamiento, sólo en la búsqueda de los agresores sin obtener resultados.
Respecto de la actuación de las otras dependencias, orientó al particular a dirigir su solicitud a la Procuraduría General de la República, a la Fiscalía del estado de Sinaloa y a la Secretaría de Marina.
Al presentar el caso ante el Pleno, la comisionada Areli Cano Guadiana afirmó que la seguridad pública y la manera en que el Estado asume su responsabilidad de garantizarla se ha convertido en una de las exigencias más sentidas de la sociedad.
Cano expuso que, para garantizar la seguridad, además de los enfoques preventivos, están las labores de vigilancia y protección contra la delincuencia, actividades ejecutadas en principio por los cuerpos policíacos, con el objetivo de evitar la comisión de ilícitos o detener a los autores de conductas antisociales, y así asegurar la tranquilidad, paz y orden público.
En el análisis del caso, se corroboró que la Sedena no cuenta con facultades para conocer del despliegue de otras instancias en los operativos en los que participa, como es el caso de las policías ministeriales estatales y de la Marina.
No obstante, sobre la inexistencia de la información relacionada con la participación de la dependencia en los hechos, se determinó que no cumplió con el procedimiento de búsqueda establecido en el Ley de Transparencia, pues no turnó la solicitud a la Tercera Zona Militar, área que podría conocer los informes o partes relativos al actuar del sujeto obligado, pues su jurisdicción se localiza en Mazatlán, Sinaloa.
Además, se localizó un boletín de prensa del gobierno de Sinaloa, de julio de 2017, en donde el secretario de Seguridad Pública local informó sobre los hechos y refirió haber solicitado el apoyo de todas las autoridades policiales, incluidos el Ejército Mexicano, la Marina-Armada de México y la Policía Estatal Preventiva, instancias que de manera coordinada implementaron un operativo adicional, al cual se refirió la Sedena en sus alegatos.
En ese sentido, se concluyó que es de interés general conocer el número de militares involucrados en el operativo, así como el detalle derivado de los partes o informes respectivos para identificar en qué consistió la actuación militar en las labores de coordinación con las instancias militares en materia de seguridad.
El Pleno del INAI determinó modificar la respuesta de la Sedena y le instruyó hacer una búsqueda en la Tercera Zona Militar, ubicada en Mazatlán, Sinaloa, y pronunciarse sobre los puntos petitorios del recurrente, en atención a los hechos suscitados el 30 de junio de 2017, en la Sindicatura de Villa Unión, donde murieron 17 personas.
FUENTE: PROCESO
AUTOR: LA REDACCIÓN