En la lógica regresiva –y represiva– del actual régimen federal, una ley repudiada por organizaciones de derechos humanos mexicanas y extranjeras, y cuestionada por organismos internacionales, como la ONU y la OEA, acabó siendo aprobada por los diputados del PRI y del PVEM, 14 del PAN e incluso algunos del PRD y uno de Encuentro Social. Esta ley temeraria da amplias prerrogativas a los militares, como la de decidir por sí mismos cuándo y dónde intervenir en casos de “urgencia” para restaurar el orden interno. Libres, pues, seguirán en las calles del país con licencia para usar o interpretar a su modo el nuevo precepto legal.
Los militares mexicanos están por conseguir lo que por tantos años buscaron: la protección legal a cambio de participar en el combate a la delincuencia. Y, de paso, consolidarse como un estamento que crece en presencia e influencia en el país, sin que informe de lo que hace y mucho menos rinda cuentas a nadie que no sea el presidente de la República en su condición de comandante en jefe de las Fuerzas Armadas.
Gracias al apoyo de los partidos Revolucionario Institucional y del Verde, de una fracción de diputados de Acción Nacional y el respaldo de algunos legisladores del PRD y uno del Partido Encuentro Social, el Ejército y la Marina tendrán un mayor peso en la de por sí ya militarizada seguridad del país.
El jueves 30 de noviembre, en una sola jornada en la Cámara de Diputados y con la mayoría priista echada a andar, se aprobó primero el dictamen en la Comisión de Gobernación, en una sesión cerrada, y horas después se votó en el pleno la Ley de Seguridad Interior que tanto exigieron los militares desde el sexenio pasado para legitimar su presencia en las calles.
La ley da amplias prerrogativas a los militares, como la de decidir por sí mismos cuándo y dónde intervenir en casos de urgencia para restaurar el orden interno. Además, los faculta para recolectar información de inteligencia de seguridad interior y obliga a las autoridades civiles a darles la información que pidan.
Todos los datos que obtengan serán considerados de seguridad nacional, por lo que podrán reservarse hasta 20 años. Además, el Congreso se ató las manos porque se conformó con ser notificado de una Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior y con que los militares y la autoridad federal en tal caso le entreguen un informe a la Comisión Bicamaral de Seguridad Nacional.
La justificación
La Ley de Seguridad Interior se aprobó en nombre de la crisis de seguridad que padece el país desde hace más de una década. Pero la paradoja es que el Congreso y el gobierno de Peña Nieto dejaron pendientes las reformas que tienen que ver con el desarrollo policial. Es más, de acuerdo con Jorge Ramos Hernández, presidente de la Comisión de Seguridad Pública de la propia Cámara, en la segunda mitad del gobierno peñanietista se redujo en 8 mil millones de pesos el presupuesto para la seguridad pública.
Fuera de la propuesta de Mando Único Policial, para la que se necesitan tres cuartas partes del Congreso por tratarse de reformas a la Constitución, no hay ahora en éste ninguna otra iniciativa gubernamental para fortalecer a las policías del país. El Mando Único, como la ley ahora aprobada, fueron retomadas por el gobierno de Peña Nieto luego de que su antecesor, Felipe Calderón, no lograra sacarlas.
La crisis policial ha sido el argumento para justificar la participación de los militares en tareas de seguridad pública, aunque a partir de que la Ley de Seguridad Interior entre en vigor, la presencia de los militares será considerada como una necesidad de seguridad interior.
Es más, de acuerdo con la Ley, los operativos y acciones que emprendan los militares “en ningún caso… se considerarán o tendrán la condición de seguridad pública”, sino de seguridad interior. A decir de sus promotores, los militares ya no sólo verán por la seguridad e integridad de las personas, sino por la permanencia de las instituciones y la gobernabilidad democrática en todo el territorio, por lo que varias de sus disposiciones quedaron sujetas a la Ley de Seguridad Nacional.
El propósito de la ley es establecer el procedimiento para emitir una Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior cuando sea necesario “prestar auxilio y protección” a los estados y municipios frente a riesgos y amenazas a la seguridad nacional, siempre y cuando se trate de causas internas. Es el caso de los desastres naturales, epidemias o de afectaciones a las instituciones que causen daños graves a la población.
Cuando se trate de “perturbación grave de la paz pública” o en casos en que la sociedad esté “en grave peligro o conflicto” y se requiera la suspensión de derechos, se aplicará el artículo 29 de la Constitución, el mismo que el Congreso no ha regulado a pesar de las iniciativas presentadas desde hace años.
Las protestas sociales, según la ley, no serán consideradas como amenaza a la seguridad interior, y asegura que los encargados de operarla lo harán “respetando los derechos humanos.”
Sin embargo, da a las autoridades federales, incluidas las Fuerzas Armadas (Ejército, Fuerza Aérea y Marina), la facultad para que emprendan acciones “necesarias, pertinentes y eficaces para identificar, prevenir y atender riesgos” en determinadas zonas o áreas geográficas, vías generales de comunicación e instalaciones estratégicas. Esas acciones serán “de carácter permanente y no requieren de la emisión de una Declaratoria”.
En el procedimiento dice que el presidente de la República podrá ordenar, por sí o a petición de las legislaturas de los estados o del gobernador en caso de receso legislativo, la intervención de la Federación en un territorio determinado una vez que haya emitido la declaratoria.
Para ello deberá intervenir también el Consejo de Seguridad Nacional, integrado por miembros del gabinete presidencial, incluidos los jefes del Ejército y la Marina. En las 72 horas siguientes, el Consejo deberá hacer la declaratoria, la cual será sólo notificada a la Cámara de Diputados y a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
La declaratoria deberá indicar cuál será la autoridad federal responsable y las que participan, incluidas las fuerzas federales (Policía Federal) o las Fuerzas Armadas, las amenazas, el área geográfica a atender, las obligaciones de los gobiernos locales, las acciones y la temporalidad. La intervención federal no podrá durar más de un año, aunque el presidente podrá modificar o prorrogar la vigencia si se mantiene la amenaza.
Sin embargo, la ley pone una excepción: que tanto las autoridades federales como las Fuerzas Armadas podrán poner en marcha “políticas, programas y acciones para identificar, prevenir y atender oportunamente” los riesgos a la seguridad interior.
Señala que en los casos en que las amenazas pongan en riesgo grave la integridad de las personas o el funcionamiento de las instituciones, el presidente de la República, bajo su estricta responsabilidad, “podrá ordenar acciones inmediatas a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, incluidas las Fuerzas Federales y las Fuerzas Armadas”.
Cuando las Fuerzas Federales “resulten insuficientes”, entonces intervendrán las Fuerzas Armadas. En ese caso, el presidente, a propuesta de los secretarios de la Defensa Nacional y Marina, designará a un comandante de las Fuerzas Armadas participantes, quien será el encargado de los grupos interinstitucionales que se integren. Ese jefe militar coordinará a las autoridades civiles y militares y fijará las responsabilidades de quienes participen.
En lo que llama “control” de esas acciones indica que la autoridad coordinadora informará al presidente a través del secretario de Gobernación. Además, éste “remitirá un informe” a la Comisión Bicamaral.
En un artículo transitorio que le da retroactividad a la ley, señala que las acciones que al momento de la entrada en vigor de la ley estén realizando las autoridades federales, “incluyendo las Fuerzas Armadas”, y que requieran declaratoria de protección, tendrán 90 días para cumplir con el procedimiento.
La ley no es exclusiva para para las Fuerzas Armadas. También involucra a las Fuerzas Federales y a los gobiernos federal, estatales y municipales. En el caso de los gobiernos locales, los obliga a colaborar para enfrentar la amenaza y entregar la información que les pida la autoridad federal.
Los derechos humanos, en riesgo
Desde el sexenio pasado, los comandantes de las Fuerzas Armadas han demandado una legislación bajo la cual encuadrar sus operaciones contra la delincuencia, que han ido de la mano de violaciones a los derechos humanos. La Cámara de Diputados respondió a esa exigencia y aprobó la Ley de Seguridad Interior al gusto de los militares y con el aval del gobierno de Enrique Peña Nieto, su partido y diputados de otros partidos, incluidos dos del Partido de la Revolución Democrática.
La Cámara procesó las iniciativas de ley presentadas en noviembre del año pasado por el coordinador de los diputados del PRI, César Camacho, y la diputada Martha Sofía Tamayo, y en febrero de este año por la diputada Sofía González Torres, del Verde.
En la sesión de la Comisión de Gobernación con la que comenzó la aprobación de la ley estuvieron dos diputados: los militares en retiro Daniel Méndez Bazán y Carlos Federico Quinto Guillén, ambos del PRI.
El primero fue subsecretario de la Defensa Nacional, y el segundo, subsecretario de Marina. El general en retiro es el presidente de la Comisión de Defensa Nacional y el almirante retirado es secretario de la Comisión de Marina e integrante de la Comisión de la Defensa.
Aprobada la ley en la Cámara de Diputados, lo que sigue es su aprobación en el Senado, donde se espera que pase con la mayoría de votos priistas y el apoyo de senadores panistas. Superado ese trámite, Peña Nieto estaría en condiciones de promulgar la ley incluso antes de que termine este año.
En el Legislativo, la minoría busca impugnar la ley ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para lo cual se necesitará una tercera parte de los legisladores. El presidente de la CNDH, Luis Raúl González Pérez, adelantó que el organismo revisará la constitucionalidad de varios artículos de la ley.
La Ley de Seguridad Interior fue aprobada en nombre de la crisis de seguridad que padece el país desde hace más de una década, cuando el entonces presidente Felipe Calderón le declaró la guerra al narcotráfico. Con el apoyo del PRI, de 14 diputados del PAN, dos del PRD y dos del Partido Encuentro Social, Peña sacó en el Congreso lo que Calderón no pudo, a pesar de la oposición de un gran sector de la sociedad civil.
Los legisladores escucharon a representantes de organizaciones no gubernamentales, pero no les hicieron caso. Tampoco a las reservas de organismos internacionales, como Naciones Unidas y la Organización de Estados Americanos, que han pedido retirar a los miliares de las tareas de seguridad pública.
Waldo Fernández, uno de los diputados del PRD que votó a favor de la ley, dice a Proceso que su apoyo se debió a que la presencia de los militares en Nuevo León redujo los niveles y la percepción de la violencia en el estado que representa. Explicó que, de facto, los militares coordinaron a las autoridades locales, a la sociedad civil y a los empresarios, “que invirtieron 20 millones de dólares para la seguridad en Nuevo León”.
El legislador considera que eso es mejor que nada, porque después de 11 años de intervención de los militares en labores de seguridad pública “la ley les da certeza a los ciudadanos y a las Fuerzas Armadas”. Añade: “No teníamos nada. El Ejecutivo federal era discrecional con el uso del Ejército y la Marina, y los Ejecutivos locales sólo se ponían de acuerdo con el presidente en turno para enviar militares a su estado. Si era de su propio partido le mandaba más fuerza que a uno de oposición. Estamos creando mayor rigidez para que esa discreción no siga en el Ejecutivo federal”.
Integrante de la Comisión Bicamaral de Seguridad Nacional, Fernández menciona que cuando Francisco Javier Cabeza de Vaca asumió el cargo de gobernador de Tamaulipas, pidió que las Fuerzas Armadas dejaran de hacer labores de seguridad en el estado, pero después tuvo que pedir que regresaran ante el riesgo en el que habían quedado los habitantes.
Le atribuye un valor político a la legislación: “Quiero ver al gobernante que solicite la ayuda, porque estará demostrando su ineficiencia. Y si el Congreso local o el Ejecutivo federal le manda una intervención en seguridad interior, la ineptitud será más evidente”.
Para el diputado, la ley va a generar un sistema de consecuencias, no sólo para los gobernantes, sino para los propios militares, pues si en una acción muere un inocente, se identificará a todos los que participaron y ordenaron la intervención.
Ante las impugnaciones a la ley, dice que el mejor escenario era que junto a la Ley de Seguridad Interior se aprobaran también la reforma al artículo 123 para darle certeza laboral a los policías, legislar el Mando Único Policial y regular el artículo 29 de la Constitución respecto a los estados de excepción.
Jorge Ramos Hernández, diputado de Baja California por el PAN y presidente de la Comisión de Seguridad Pública en la Cámara de Diputados, se abstuvo en la votación por considerar que con esa ley se eludió el tema de fondo: el de la seguridad pública.
“El gran ausente en las reformas de seguridad es justamente la seguridad pública. Es una legislación aislada. Ahora va a haber un marco que genere mayores obligaciones para las Fuerzas Armadas, cuando queremos lo contrario.”
Presidente municipal de Tijuana de 2007 a 2010, en medio de la disputa entre el cártel de los hermanos Arellano Félix y el de Sinaloa, Hernández asegura que la Ley de Seguridad Interior atendió más la exigencia de una dependencia importante y no la de todos de los mexicanos de transformar las instituciones de seguridad y procuración de justicia.
Señala que en el momento en que la seguridad está en su peor momento en la historia reciente, ni en la Cámara de Diputados ni en el Senado hay alguna ley que toque el tema de la seguridad.
“A pesar de que la ley que se aprobó, tiene 80% de contenido nuestro; preferí abstenerme porque no quiero que, al paso de cinco o seis años, sin reforma policial, se frustre el país porque ni los militares pudieron. Me abstuve a pesar de la total simpatía con ellos, porque como alcalde no hubiera podido limpiar Tijuana.”
E ironiza: “La reforma a la seguridad quedó sepultada. Es un muerto más para la estadística de la inseguridad”.
Este reportaje se publicó el 3 de diciembre de 2017 en la edición 2144 de la revista Proceso.
FUENTE: PROCESO.
AUTOR: JORGE CARRASCO ARAIZAGA.
LINK: http://www.proceso.com.mx/513661/la-temeraria-ley-interior-seguridad-poder-a-los-ya-todopoderosos