Por unanimidad de votos, los magistrados del Primer Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito, con sede en Reynosa, Tamaulipas, ordenaron -al resolver los amparos en revisión 203/2017 al 206/2017- reponer el procedimiento judicial del caso de los 43 estudiantes de la Normal Rural Raúl Isidro Burgos de Ayotzinapa, desaparecidos el 26 de septiembre del 2014, en Iguala, Guerrero.
Además, ordenó crear la Comisión de Investigación para la Verdad y la Justicia, tal como lo exige la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH), así como los protocolos adoptados por la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
Además, los magistrados establecieron que la investigación realizada por la Procuraduría General de la República (PGR), no fue, ni pronta, ni efectiva, ni independiente, ni imparcial, por lo que también requirieron al Ministerio Público de la Federación a presentar dictámenes elaborados por peritos independientes que cumplan con lo previsto en el Protocolo de Estambul.
En su sentencia, los magistrados señalaron la necesidad de cumplir con el derecho fundamental de acceso a la justicia de las víctimas, previsto en el artículo 17 constitucional, para así llegar a la verdad y se pueda garantizar que no se repitan graves violaciones de derechos humanos, para lo cual armonizaron los artículos 20 constitucional -mismo que contempla el derecho de las víctimas a participar en la indagatoria-, y el 21 de la misma Carta Magna, que establece que la investigación incumbe al Ministerio Público.
El Tribunal Colegiado abundó que al no haber presentado dichos dictámenes, con las exigencias del Protocolo, se determinó que hay indicios suficientes para presumir que las confesiones e imputaciones en contra de coinculpados por el caso Ayotzinapa fueron obtenidas mediante tortura.
En consecuencia, ante las graves violaciones a los derechos humanos (tortura, desaparición forzada de personas y ejecuciones extrajudiciales), y de que en México no se cuenta con una Fiscalía independiente para investigar la participación de las autoridades de los tres niveles de gobierno, se determinó crear la Comisión de Investigación para la Verdad y la Justicia para este caso.
Dicha Comisión estará integrada por los representantes de las víctimas, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y el Ministerio Público de la Federación, siendo los dos primeros quienes decidirán qué líneas de investigación seguirán, así como las pruebas a desahogar, además de que podrán validar la incorporación de más organizaciones, tanto nacionales, como internacionales de derechos humanos.
En el caso Ayotzinapa, hubo 43 personas desaparecidas, 6 ejecutados, más de 40 heridas, además de 30 sobrevivientes de ataques directos. La cronología de lo que sucedió en Iguala, que las autoridades federales llamaron “la verdad histórica”, se aclaró y desmintió en gran medida por el trabajo del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI), designado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), para brindar asistencia técnica internacional en las investigaciones.
FUENTE: SEMANARIO ZETA.
AUTOR: CARLOS ÁLVAREZ.
LINK: http://zetatijuana.com/2018/06/tribunal-ordena-reponer-proceso-judicial-y-crear-comision-de-investigacion-para-la-verdad-y-la-justicia-del-caso-ayotzinapa/