lunes, 13 de agosto de 2018

Caso Elba Esther: debilidad institucional

La exoneración de Elba Esther Gordillo de los delitos de lavado de dinero, delincuencia organizada y defraudación fiscal (esta última fue desde mayo de 2017) es una muestra más de la debilidad institucional. Desde el 26 de febrero de 2013, cuando ocurrió la detención, fue evidente que todo obedecía a fines políticos y no al combate a la corrupción ni al restablecimiento del estado de derecho. Hoy, su liberación lo confirma.

De acuerdo con lo divulgado en el periódico Reforma, la sentencia del magistrado Miguel Ángel Aguilar López, del Primer Tribunal Unitario Penal, “los recursos que en la causa penal… se tildaron de ilícitos no lo son… y fueron ejercidos de acuerdo con los lineamientos y disposiciones del estatuto del SNTE, gremio que a través de sus órganos revisores y decisorios avaló esos egresos”.



Lo anterior implica que entre 2008 y 2012 la maestra destinó mil 978 millones de pesos del sindicato para sufragar gastos personales, lo cual revela la incapacidad recaudatoria del sistema tributario mexicano. Todo indica que esta millonaria cifra jamás fue declarada como ingreso personal de la maestra; por lo tanto, no se pagaron los impuestos correspondientes. El caso no es una excepción sino la regla en México y explica las bajas recaudaciones a pesar de las altas tasas impositivas. Pero ésta es apenas la primera debilidad.

La segunda debilidad institucional aflora en la Procuraduría General de la República, incapaz de integrar un expediente jurídico con la suficiente solidez para lograr un fallo condenatorio en alguno de los delitos de los que acusó a la maestra: operación con recursos de procedencia ilícita, delincuencia organizada y delitos de defraudación fiscal (aunque todos por montos muy pequeños), pues finalmente en todos resultó exonerada. Esto tampoco es una excepción. Un porcentaje importante de las exoneraciones es el resultado de expedientes mal integrados o violaciones al debido proceso, lo cual, desde luego, incide en el alto índice de impunidad que prevalece en México.

La tercera debilidad, todavía más preocupante, es en el Poder Judicial, pues la sentencia dada a conocer el martes 6 muestra dos hechos muy relevantes: uno, la posibilidad de privar de su libertad por varios años a personas inocentes; dos, el sometimiento de los integrantes del Poder Judicial a los dictados del Poder Ejecutivo. 

De acuerdo con la sentencia emitida por el magistrado el martes 6, Gordillo estuvo encarcelada cinco años, cinco meses y 11 días y, finalmente, fue absuelta. Esto tampoco es una excepción, toda vez que las cárceles están llenas de personas cuyos procesos penales se prolongan indefinidamente sin que se dicte sentencia alguna. 

Otro caso representativo de esto es el de Daniel García Rodríguez, quien lleva casi 16 años y medio encarcelado sin sentencia alguna, como se dio cuenta en el portal de Proceso en un reportaje de Patricia Dávila publicado el 31 de octubre de 2017.

El caso de Gordillo también revela cómo el Poder Judicial subordina sus decisiones a las intenciones de Poder Ejecutivo, pues el encarcelamiento de los presuntos inculpados se prolonga hasta el fin del sexenio presidencial. Este caso tiene similitud con otros que tienen evidentes motivaciones políticas, como el de Jorge Díaz Serrano, en el sexenio de Miguel de la Madrid, y el de Joaquín Hernández Galicia, La Quina, en el de Carlos Salinas de Gortari.

Díaz Serrano fue desaforado –pues en esos momentos era Senador– el 30 de julio de 1983, y ese mismo día fue encerrado bajo el cargo de fraude por 35 millones de dólares en la compra de dos buques-tanque con sobreprecio durante su gestión como director de Pemex y en el contexto de la llamada “renovación moral” del entonces presidente De la Madrid; fue liberado cinco años después sin que se le comprobaran sus delitos. En el caso de La Quina sí hubo sentencia condenatoria, pero fue amnistiado en 1997, a la mitad del sexenio del sucesor de Salinas, Ernesto Zedillo.

Sobre el caso de Gordillo, el 3 de marzo de 2013, una semana después de la detención, publiqué el artículo “Elbazo con mensaje”, en el que escribí: 

“La maestra encarna todos los vicios del sistema político mexicano y concentra todo el encono de la opinión pública, pero también del gobierno y de los priistas, por ser expriista y oponerse a las acciones gubernamentales. Por ello, aplicarle la ley es una buena vía para enviar un mensaje inequívoco de disuasión a otros que se encuentren en sus mismas condiciones, aunque no hayan incurrido en ningún delito. Basta con que haya algún indicio que permita imputárselos, pues para cuando se demuestre su inocencia el sexenio ya habrá terminado.” 

Como señalé en esa ocasión (Proceso 1896), es lamentable que ahora, a poco más de tres meses de que concluya el sexenio peñanietista, un magistrado encuentra que en el expediente no hay elementos para condenar a la maestra y decide exonerarla. En este caso, el actual gobierno ya había cumplido su propósito: quitarle el liderazgo sindical, evitar que se opusiera a la llamada reforma educativa y atemorizar a otros posibles opositores a sus “reformas estructurales”.

Para que encierros sexenales de este tipo operen se requiere de la complicidad de jueces y magistrados con los personeros del Poder Ejecutivo, quienes, sin importar los elementos contenidos en el expediente, deciden privarlos de su libertad y prolongar el juicio –sin dictar sentencia en algún sentido–al menos el tiempo suficiente para mantenerlos encerrados a lo largo del sexenio.

El caso de Gordillo expone con meridiana claridad algunas de las causas de cuatro de los graves problemas nacionales: corrupción, evasión fiscal, impunidad y ausencia de estado de derecho. Y, desde luego, la debilidad institucional para enfrentarlos.


Este análisis se publicó el 12 de agosto de 2018 en la edición 2180 de la revista Proceso.

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: JESÚS CANTÚ.
LINK: https://www.proceso.com.mx/546689/caso-elba-esther-debilidad-institucional