El Servicio de Administración Tributaria (SAT) deberá transparentar los montos devueltos por concepto de Impuesto Sobre la Renta (ISR), a estados y municipios, en los años 2016, 2017 y 2018.
Además, la información deberá estar desglosada por año, nombres de ayuntamientos y entidades beneficiarias, fundamento legal bajo el cual se solicitó la devolución y los conceptos bajo los cuales se hicieron los reembolsos.
Así lo instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) al resolver un recurso de revisión interpuesto por un particular a quien el SAT le negó la información con el argumento de que estaba reservada por “secreto fiscal”.
El SAT le argumentó que los contribuyentes tienen derecho al carácter confidencial de los datos, informes o antecedentes que conozcan de ellos los servidores públicos de la administración tributaria.
Además, una vez interpuesto el recurso de revisión por el particular, en alegatos, el SAT reiteró su respuesta original y entregó el acta de su Comité de Transparencia, mediante la cual confirmó la confidencialidad de la información.
Sin embargo, al analizar el caso, la ponencia del comisionado Joel Salas Suárez, encontró que no se actualiza la reserva, toda vez que la información relativa a las devoluciones del ISR, hechas a entidades federativas y municipios, “corresponde a personas morales de derecho público” y no es posible configurarles un derecho de protección a datos personales.
En este caso, abundó, se aplica lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 134 de la Constitución, el cual menciona que la Federación, los estados, los municipios y la ahora Ciudad de México “tienen el deber de transparentar la información relativa a la administración de recursos económicos”, es decir, cómo los utilizaron.
La ponencia argumentó que la publicidad de la información patrimonial de personas morales de derecho público, “no lesiona el bien jurídico tutelado que ampara el secreto fiscal, ya que, por mandato constitucional, las informaciones relativas a la administración de los recursos económicos de los organismos públicos de los tres niveles de gobierno deben sujetarse al principio de transparencia”.
Así, el pleno del INAI revocó la respuesta del SAT y le instruyó entregar la información relativa a los conceptos bajo los cuales se han hecho devoluciones de ISR a municipios y estados, montos devueltos desglosados por los años 2016, 2017 y 2018, ayuntamientos y entidades beneficiadas, así como el fundamento legal bajo el cual solicitaron la devolución.
Al presentar el asunto ante el Pleno, el comisionado Joel Salas Suárez destacó que este tipo de información permitirá al SAT demostrar que las devoluciones de impuestos, a cualquier tipo de contribuyente, están debidamente justificadas.
“La información es una herramienta para construir un mejor sistema fiscal y asegurar que el Estado garantice los derechos de todos los mexicanos”, apuntó.
FUENTE: PROCESO.
AUTOR: REDACCIÓN.
LINK: https://www.proceso.com.mx/550256/el-sat-debe-transparentar-montos-de-isr-devueltos-a-estados-y-municipios-de-2016-a-2018