En el documento, el magistrado acusa actos de violencia en al menos 59 casillas, así como robo de material electoral y detención ilegal de militantes de Morena.
La elección para elegir gobernador en Puebla, ganada por Martha Erika Alonso, podría ser anulada gracias a un proyecto de sentencia propuesto por el magistrado del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), José Luis Vargas Valdez, quien argumenta que en dichos comicios se presentaron diversas irregularidades.
En su proyecto Vargas señala, entre otras cosas, violencia al interior de al menos 59 casillas; compra de votos; indebido resguardo de documentación en la bodega electoral; robo de material electoral, y sustracción de documentos por una funcionaria electoral.
En el documento, de casi 500 páginas, el magistrado presenta las pruebas que demuestran dichas irregularidades. De esta forma, la Sala Superior del TEPJF analizará el proyecto de resolución para proceder o no a la nulidad de la elección.
En su cuenta de Twitter el magistrado hizo público el proyecto que presentó a la Sala Superior del TEPJF.
A la sociedad poblana, la ciudadanía mexicana y medios de comunicación:— José Luis Vargas Valdez (@JL_VargasV) 3 de diciembre de 2018
En aras de impulsar la Justicia Abierta hago público el proyecto de resolución que he presentado a las y los magistrados de la Sala Superior del TEPJF, respecto de la elección a la gubernatura de Puebla.
La lista completa de irregularidades que acusa el magistrado, y por las cuales califica de negligente el trabajo del Instituto Electoral Estatal (IEE) son las siguientes:
Indebido desechamiento de ampliaciones y pruebas. El tribunal local desechó indebidamente las ampliaciones de demandas, y pruebas supervenientes que allegaron en la instancia local a pesar de que la promoción de los escritos fue oportuna por parte de quienes tuvieron conocimiento efectivo de los hechos.
Detención ilegal de brigadistas. El día de la jornada electoral, 11 “brigadistas” de Morena fueron ilegalmente detenidos por elementos de seguridad pública, con lo cual se intimidó al electorado, y se demostró la intervención de las autoridades locales.
Robo de material electoral por parte de funcionarios estatales. Se puede acreditar el robo de al menos 4 urnas y el consentimiento del gobernador para que se llevaran a cabo tales actos.
Violencia generalizada en las casillas. Los denunciantes señalan diversos hechos de violencia perpetrados durante la jornada electoral con los que se afectó de forma generalizada la elección de la gubernatura.
Compra de votos. Los recurrentes plantean un análisis deficiente del tribunal local respecto de su reclamo de compra de votos generalizada sobre la cual se informó en diversas notas
periodísticas.
Indebida valoración relacionadas con el “laboratorio electoral”. Los quejosos dicen que el pasado 3 de julio, la coalición “Por Puebla al Frente” instaló y operó en el MM Grand Hotel de Puebla, un laboratorio electoral en el que alteraban documentación con el fin de influir en favor de su candidata, lugar en el que incluso se encontraba el vehículo de un servidor público (magistrado penal local) y otro de un gobierno municipal.
Sustracción de documentos por funcionaria electoral. La presidenta del 18 Consejo Distrital sustrajo actas originales de escrutinio y cómputo de la elección de la gubernatura, a fin de manipular la documentación electoral en favor de la entonces candidata Martha Erika Alonso.
Parcialidad de autoridades electorales locales. El Organismo Público Local Electoral (OPLE) actuó con parcialidad al retrasar la tramitación y remisión de los distintos recursos de inconformidad al TE local.
Traslado de documentación a sede central del OPLE. Se reclama que la “desincorporación” que efectuó el OPLE para el traslado la documentación de los consejos distritales a su bodega central, no tuvo justificación y que se trató de una actuación sin asidero legal.
Indebido resguardo de documentación en la bodega electoral. No existieron condiciones de seguridad y debido resguardo de los paquetes durante el tiempo en el que estuvieron almacenados en la bodega central del OPLE. Entre estas irregularidades están: la entrada sin control al área de resguardo, el indebido sellado y la ausencia de representantes partidistas durante los actos de apertura de la bodega.
Recuento en sede jurisdiccional. Se presentaron supuestas irregularidades en el recuento en sede jurisdiccional, a partir de las cuales se acreditó la violación a la cadena de custodia de la papelería en la sede central.
Una elección muy cuestionada
Luego de las elecciones del pasado 1 de julio el Instituto Estatal Electoral aprobó el cómputo final de los comicios para gobernador entregando la constancia a Martha Erika Alonso candidata de la coalición “Por Puebla al Frente”, como la gobernadora electa.
Sin embargo Morena y su candidato a la gubernatura, Miguel Barbosa, interpusieron recursos de inconformidad y solicitaron el recuento total de la votación ante las irregularidades señaladas y la reducida diferencia que había entre ambos candidatos. Sin embargo esta petición que fue negada por el Tribunal Electoral
de Puebla.
Fue hasta el 19 de septiembre que la Sala Superior del TEPJF ordenó el recuento total de la votación, la cual se realizó del 24 al 30 del mismo mes.
El 10 de octubre, el Tribunal local dictó sentencia confirmó la validez de la elección y el triunfo de Martha Erika Alonso.
Ante esto, el 16 de octubre, Morena y Miguel Barbosa impugnaron la
sentencia ante la Sala Superior. Para el 25 de octubre y 13 de noviembre los promoventes presentaron ampliaciones de demanda, mismas que resultan procedentes por tratarse de hechos que ocurrieron con posterioridad a la promoción de los juicios.
En caso de la Sala Superior dé luz verde al proyecto procedería lo siguiente:
- Se revoca la sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Puebla.
- Se declara la nulidad de la elección.
- Se revoca la entrega de la constancia de mayoría a favor de Martha Erika Alonso Hidalgo, postulada por la Coalición “Por Puebla al Frente”.
- Se solicita al INE que, convoque a elección extraordinaria, en el entendido de que la jornada electoral extraordinaria, deberá celebrarse dentro de los sesenta días siguientes a la notificación de la presente ejecutoria.
- Se da vista al INE para que proceda a dar inicio al procedimiento de destitución de consejeros y consejeras del Instituto Estatal Electoral, y para que inicie los procedimientos sancionadores que correspondan por cuanto a los funcionarios de la autoridad electoral cuyo actuar generó las irregularidades advertidas en la resolución.
- Se da vista a la Fiscalía para la Atención de Delitos Electorales del Estado a efecto de que, de ser el caso, inicie las carpetas de investigación que correspondan derivado de alguna de las inconsistencias advertidas en la presente resolución.
- Se ordena al Instituto Electoral de Puebla, dé inicio el procedimiento sancionador que en derecho corresponda.
FUENTE: ANIMAL POLÍTICO.
AUTOR: REDACCIÓN.
LINK: https://www.animalpolitico.com/2018/12/magistrado-tepjf-proyecto-anulacion-eleccion-puebla/