La queja por discriminación de Paloma Ruíz contra la CNDH fue aceptada en agosto por el Conapred. Ambas partes esperan a ser citadas por el Consejo para tener una primera reunión donde expondrán sus argumentos sobre el caso.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) rechazó que haya cometido actos de discriminación y de hostigamiento laboral contra su empleada Paloma Ruíz, sobreviviente de cáncer que labora en el área de comunicación social.
Paloma Ruiz denunció ante el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) que es objeto de discriminación laboral por parte de la CNDH, debido a que en noviembre de 2014, bajo la dirección del ombudsman Luis Raúl González Pérez, la Comisión no renovó su contrato luego de que previamente fuera diagnosticada de tres cánceres -mama, matriz y páncreas-, cortó toda comunicación con ella, y la excluyó sin previo aviso de la póliza del seguro médico de gastos mayores.
La queja por discriminación de Paloma Ruíz contra la CNDH fue aceptada en agosto pasado por el Conapred. Ahora, ambas partes esperan a ser citadas por el Consejo para tener una primera reunión donde expondrán sus argumentos sobre el caso y se analizará si pueden llegar a una conciliación.
Irregularidad en la concesión del seguro médico
Cuestionado en entrevista acerca de por qué se dio de baja a Paloma Ruíz del seguro médico de gastos mayores de la CNDH, Rubén Pérez, coordinador general de Asuntos Jurídicos de la Comisión explicó que la empleada fue beneficiada en 2013 y 2014 con un seguro de gastos médicos mayores de manera improcedente.
“Encontramos una situación irregular con el seguro de gastos médicos porque Paloma estaba contratada en ese tiempo por honorarios, y por su tipo de contrato no era una prestación que le correspondiera”, expuso Pérez.
Añadió que por ese otorgamiento “inadecuado” del seguro médico a Paloma, un empleado de la CNDH enfrentó un proceso administrativo y fue sancionado por haber llevado a cabo mal ese trámite.
A pesar de esa situación, el coordinador de Asuntos Jurídicos expuso que la CNDH reinstaló a Paloma en 2015 en el área de comunicación social como jefa de departamento, para que tuviera derecho, por su cargo como jefa de departamento, al seguro de gastos médicos mayores de la Comisión. Mismo que, subrayó, Paloma disfrutó desde 2015 hasta el 18 de marzo de este año, cuando por disposición del Gobierno Federal se puso fin a esa prestación en toda la administración pública.
“Durante todo ese tiempo, Paloma no pagó ni un centavo del seguro de gastos médicos porque, como prestación, como empleada de la Comisión, fue la CNDH la que asumió los costos del seguro”, recalcó Pérez, quien añadió que, además del seguro privado, Paloma ha estado protegida desde 2015 por el seguro del ISSSTE como trabajadora del Estado.
“Me pusieron a revisar el archivo basura”
El pasado lunes, Animal Político publicó un reportaje sobre cáncer y discriminación laboral, en el que Paloma Ruíz denunció que, además de haberla dejado sin seguro médico en 2014, por lo que tuvo que cortar temporalmente las quimioterapias y las radioterapias, la CNDH continúa ejerciendo un trato discriminatorio hacia ella tras ser reinstalada en comunicación social.
“No estoy ejerciendo mis funciones como jefa de departamento. Me pusieron en un rincón, junto a una fotocopiadora, a revisar el archivo basura. Nadie me habla y me evitan como si en lugar de cáncer tuviera una enfermedad contagiosa”, dijo Paloma, que acusó a la CNDH de querer desgastarla emocionalmente para que acabe renunciando a su cargo.
Además, Paloma señaló que pidió una serie de adecuaciones a su espacio de trabajo, como disponer de un cuarto durante 15 minutos al día, para quitarse la ropa y aplicare bolsas de hielo en los músculos del brazo donde le extirparon parte de la axila como consecuencia de la operación del cáncer de mama.
“¡Pero hasta eso me están dificultando!”, lamentó la empleada de la CNDH, que acusó a la Comisión de portarse de “manera inhumana” con ella.
Cuestionado al respecto, el coordinador de asuntos jurídicos de la Comisión dijo que si bien en un inició se “improvisó” un espacio laboral para ubicar a Paloma, éste “se ha venido mejorando para que las condiciones sean lo mejor posible”.
Y en cuanto a la solicitud que hizo Paloma para tener espacios adecuados para aplicarse bolsas de hielo, como parte de su tratamiento médico, Rubén Pérez también admitió que dicha solicitud “aún no se termina de responder”.
“El área administrativa correspondiente está haciendo los trámites necesarios para dar a Paloma lo que requiere”, señaló.
En cuanto a la queja por discriminación interpuesta ante el Conapred por Paloma, la CNDH dijo que está en su derecho de recurrir a esa instancia, y a otras como la justifica administrativa, donde la empleada de la Comisión recurrió al juicio de amparo, mismo que también fue aceptado el 17 de septiembre pasado por el Juzgado Segundo en Materia Administrativa de la Ciudad de México.
“Como parte de esa solicitud (del Conapred), ahora estamos en espera de que nos den una fecha de audiencia de conciliación con Paloma, en la cual nos vamos a sentar y vamos a ver cuáles son los puntos que se plantean y la forma en que podamos atenderlos”, expuso el coordinador de asuntos jurídicos de la CNDH.
El proceso en el Conapred
En entrevista con Animal Político, el Conapred explicó que cuando acepta a trámite una queja significa que, tras un primer análisis del caso, se presume que puede haber un acto de discriminación en contra de la persona demandante, y que hay alementos suficientes para abrir una investigación.
Una vez aceptada a trámite la queja, el Conapred recaba los argumentos de ambas partes, y en caso de que pueda haber un acuerdo, siempre y cuando no se trate de una violación grave de derechos humanos, se pasa a la audiencia de conciliación.
En esa audiencia se propone a la parte demanda una propuesta para reparar el daño del afectado y se firma un convenio en caso de que las dos partes estén de acuerdo. El convenio puede implicar medidas administrativas orientadas a garantizar que cese el acto de discriminación, y también puede incluir medidas materiales de compensación económica por los daños sufridos, y otras medidas no materiales como una disculpa pública o privada al afectado.
Esta audiencia de conciliación puede llevarse a cabo hasta en tres reuniones formales.
En caso de no llegarse a un acuerdo, entonces se pasa a otra fase de investigación, donde el Conapred pide a ambas partes el desahogo de pruebas, incluyendo a posibles testimonios y dictámenes.
Luego se pasa a la fase final de alegatos y por último se llega a la determinación final, en la que, o bien se acredite el acto de discriminación, con las sanciones correspondientes para quien la cometió, o bien se emite un acuerdo de conclusión por no discriminación, exonerando a la parte acusada.
En cualquier caso, tanto si se determina que hubo discriminación, como si no, las partes todavía pueden interponer un recurso de inconformidad dentro del propio Conapred, recurrir a un juicio de nulidad ante un tribunal administrativo, o a la vía del amparo.
FUENTE: ANIMAL POLÍTICO.
AUTOR: MANU URESTES.
LINK: https://www.animalpolitico.com/2019/10/cndh-discriminacion-empleada-cancer-conapred/