La comisionada encargada de presentar el asunto ante el pleno, Blanca Lilia Ibarra Cadena, indicó que México ocupa el lugar número 14 a nivel mundial como productor de acero, con más de 20.2 millones de toneladas producidas.
📌 #INAIinforma @SE_mx debe informar sobre acuerdo de México y EUA en comercio de acero y aluminio, @bl_ibarra— INAI (@INAImexico) December 16, 2019
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Además, añadió, 9% del acero que compró Estados Unidos en 2017 provenía de fábricas mexicanas, por lo que consideró fundamental conocer con precisión los puntos acordados sobre los productos de acero y aluminio, mismos que representaron uno de los puntos rojos para el cierre de las negociaciones del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (TMEC).
“Este caso muestra cómo el derecho a saber permite allegarse de elementos para valorar la actividad desplegada por el gobierno federal, enfocada en defender los intereses comerciales de nuestro país, brindar certezas a los productores nacionales de la industria siderúrgica, así como fortalecer las relaciones económicas, con quien ha sido históricamente nuestro principal socio comercial”, expresó.
Lo anterior luego de que la SE, a través de la Dirección General de Comercio Exterior, argumentó no haber localizado la información solicitada por un particular.
Inconforme, el solicitante interpuso un recurso de revisión ante el INAI.
Aunque en alegatos, la dependencia manifestó haber turnado la petición a la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior, a la Unidad de Negociaciones Comerciales Internacionales, la Dirección General de Consultoría Jurídica de Comercio Internacional, así como a la Subsecretaría de Comercio Exterior, insistió en la inexistencia del documento.
A su vez, la Dirección General de Seguimiento, Administración y Supervisión del Cumplimiento de Tratados Comerciales precisó que el acuerdo alcanzado entre México y Estados Unidos era público y puso a disposición dos vínculos electrónicos para conocerlo, que incluían el comunicado emitido por el gobierno de México sobre el tema.
Sin embargo, durante el análisis del caso Ibarra Cadena constató que, al ingresar a los vínculos electrónicos proporcionados, estos no atendían a lo solicitado, pues sólo hacían alusión al convenio firmado por México y Estados Unidos, y una declaración de ambos gobiernos.
Por ello, la comisionada concluyó que la SE no agotó el principio de exhaustividad que garantiza a los particulares que se llevaron a cabo todas las gestiones necesarias para atender las solicitudes de acceso, por lo que incumplió con los extremos previstos por la Ley Federal de Transparencia.
Como resultado, el pleno del INAI determinó modificar la respuesta de la Secretaría de Economía y le instruyó a realizar una búsqueda exhaustiva del documento que dé cuenta del Acuerdo firmado por los gobiernos de México y Estados Unidos en mayo pasado, mediante el cual se retiró el incremento de las tasas arancelarias al acero y aluminio de la sección 232, así como la medida retaliatoria, además de que se estableció un compromiso para generar un monitoreo que permita dar seguimiento a los flujos comerciales entre ambos países, en todas sus unidades administrativas competentes.
FUENTE: PROCESO.
AUTOR: IXTLIXÓCHITL LÓPEZ.
LINK: https://www.proceso.com.mx/611079/inai-acuerdo-mexico-eu-acero-aluminio