La liberación de uno de los feminicidas de Paulina Elizabeth Luján Morales, ejecutada en 2008, evidenció la intervención de distintas autoridades y poderes del estado en el proceso, así como la falta de perspectiva de género y derechos humanos, lamentó la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) del estado de Chihuahua.
Y anunció que impugnará en otras instancias, incluso las internacionales, la resolución del juez Rodolfo Romano.
Paulina Luján tenía 16 años cuando fue asesinada en Chihuahua. La joven dejó pistas para esclarecer su homicidio: se marcó en el antebrazo el número de engomado del auto en el que la privaron de la libertad: 02758 del Comité de Defensa del Patrimonio Familiar (Codepafa). La semana pasada el juez liberó a uno de sus asesinos, José Raymundo Quezada Sandoval (tenía 23 años cuando cometió el crimen), con el pago de 35 mil pesos.
En la violación y asesinato de Paulina también participó Carlos Alonso Altamirano García, ‘El Cheche’ (tenía 21 años). El número de la placa escrito en la piel de la joven ayudó a dar con los delincuentes.
José Raymundo Quezada confesó el crimen y fue sentenciado a 60 años de prisión por los delitos de homicidio y violación. En junio de 2018 el juez le redujo la sentencia a 14 años por “buena conducta”.
La CEAVE de Chihuahua emitió este jueves un comunicado de prensa para informar que analizan los distintos recursos legales nacionales e internacionales para la defensa de los derechos de las víctimas que fueron vulnerados.
“Se considera que este caso devela las dificultades a las que se enfrentan las víctimas en el proceso de acceso a la justicia y denota la intervención de distintas autoridades y poderes del estado, donde es evidente la falta de perspectiva de género y derechos humanos”, puntualizó.
El organismo recordó que la estudiante de bachillerato fue desaparecida en 2008 y posteriormente localizada sin vida, con evidentes signos de violencia física y sexual.
“En una investigación fueron detenidos dos hombres y sentenciados. Uno de ellos mediante un juicio abreviado, al aceptar la responsabilidad. El otro fue sometido a juicio oral, aplicándose en primer momento una sentencia de 60 años de prisión, la pena máxima para un feminicida, y una reparación del daño de 70 mil pesos por gastos funerarios y la pérdida de la vida”.
Confirmó que la sentencia fue apelada y ratificada por un magistrado del Tribunal Superior de Justicia y posteriormente reducida considerablemente en cumplimiento de un amparo concedido al sentenciado, pese a la inaplicación del artículo 126 segundo párrafo del Código Penal del estado, que establece la penalidad agravada cuando la víctima es una mujer.
La pena se redujo de 60 a 27 años y seis meses –la mínima en una resolución–, sin considerar que se trataba de una mujer menor de edad y en situación de vulnerabilidad, y pese a que el Estado ha sido condenado internacionalmente por ese feminicidio.
“Desde la CEAVE expresamos nuestra solidaridad con las víctimas indirectas y expresamos nuestra seria preocupación porque pueden constituir verdaderas violaciones a los derechos humanos de las víctimas que llevaron al resultado que hoy tenemos: una liberación anticipada del sentenciado y el pago de una reparación del daño mínima”.
Y entre otras cosas detalló que la Ley de Ejecución de Penas del estado de Chihuahua –vigente en el tiempo del homicidio y la sentencia– establecía la improcedencia de beneficios de libertad anticipada en varios delitos como secuestro, homicidio, violación, trata de personas, entre otros, mientras que la Ley de Ejecución de Penas actual redujo a dos delitos la improcedencia de estos beneficios. Y actualmente sólo contempla los delitos de delincuencia organizada y trata de personas.
“Ante ello nos preguntamos si la libertad anticipada debe concederse en condiciones de igualdad para quien roba, comete un fraude o comete un homicidio por razón de género con agravantes. ¿Acaso no deben reanudarse las reformas para responder al momento que se vive, tomando en cuenta la gravedad del feminicidio?”.
La CEAV advirtió que analizar el caso desde un enfoque de género y derechos humanos llevaría a cuestionar si la reforma legislativa que eliminó la prohibición de conceder la libertad anticipada en los casos de homicidio fue la mejor opción y si corresponde a la necesidad de inhibir las conductas homicida o feminicida, cuando se tiene un contexto de incremento de homicidios por razones de género, hechos dolorosos en el país entero con la muerte violenta de mujeres, a razón de nueve cada 24 horas, cifra que se ha incrementado los últimos años.
Finalizó: “La CEAVE continuará la asesoría y acompañamiento a las víctimas de este caso, como lo ha venido haciendo desde 2018, fecha en que la madre de la joven llegó a solicitar ayuda, siendo su principal demanda el acceso a la justicia traducida en una sentencia y reparación justa por el feminicidio de su hija, y el deseo de que estos hechos no vuelvan a repetirse. Así, reiteramos nuestro compromiso con las víctimas del delito y hacemos un llamado a las distintas autoridades para actuar con la debida diligencia, protección máxima para las víctimas, perspectiva de género y de derechos humanos”.
FUENTE: PROCESO.
AUTOR: PATRICIA MAYORGA.
LINK: https://www.proceso.com.mx/616228/ceav-chihuahua-impugnara-liberacion-de-uno-de-los-feminicidas-de-paulina-elizabeth-lujan