El amparo promovido por Javier Duarte de Ochoa, en contra de su sentencia a 9 años de prisión, podrá seguir su curso, toda vez que un tribunal federal negó la petición de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), para anular todas las diligencias del juicio que fueron impugnadas como presuntamente ilegales por el ex gobernador de Veracruz.
La defensa del ex mandatario impugna diversas actuaciones del juez que lo sentenció, entre ellas las diligencias en donde se le negó la libertad provisional, donde se rechazó la impugnación al fallo original y donde solicito la apelación, todo ello con el argumento de que se incurrió en errores de procedimiento.
Al pedir la anulación de estas diligencias, la UIF buscaba dejar sin argumentos al amparo de Duarte, y que con ello se declarara sobreseído.
Sin embargo, el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal con sede en la Ciudad de México, dio a conocer este jueves que rechazó la petición de la UIF debido a que el caso se trata de un amparo directo y no de uno indirecto, por lo cual se aplica el principio de cosa juzgada.
El acuerdo del colegiado lo explica así: “no ha lugar a acordar de conformidad su solicitud, pues las sentencias de amparo directo, por regla general, causan estado por ministerio de ley, conforme a la fracción I del artículo 356, en relación con el 357 del Código Federal de Procedimientos Civiles”
FUENTE: LA JORNADA.
AUTOR: EDUARDO MOURILLO.
LINK: https://www.jornada.com.mx/ultimas/politica/2020/01/30/tribunal-niega-peticion-de-uif-en-caso-de-javier-duarte-4392.html
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