Centros de culto, bares, discotecas, centros nocturnos, gimnasios, centros deportivos, balnearios, boliches, teatros, salones y jardines de eventos sociales, entre los establecimientos que deben parar.
Entre los establecimientos que deberán parar actividades se encuentran: centros de culto, bares, discotecas, centros nocturnos, gimnasios, centros deportivos, balnearios, boliches, teatros, salones y jardines de eventos sociales, entre otros que no sean necesarios para hacer frente a la contingencia.
El acuerdo fue publicado el pasado 27 de marzo en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” con el número 5800 y firmado por Pablo Ojeda Cárdenas, secretario de gobierno y Marco Antonio Cantú Cuevas, titular de la Secretaria de Salud.
En el documento se detalla “las medidas preventivas que se deberán implementar para la prevención, contención y mitigación de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)”.
Estas medidas deberán ser acatadas por autoridades civiles y los particulares, así como las Secretarías, Dependencias y Entidades Estatales y Municipales en Morelos, estarán obligadas a la instrumentación de las medidas preventivas que marca las “Jornadas Nacional y Estatal de Sana Distancia”.
En el artículo segundo establece que se debe evitar la asistencia a centros de trabajo, espacios públicos y otros lugares concurridos, por parte de los adultos mayores de 60 años o más y grupos de personas con riesgo a desarrollar enfermedad grave y/o morir a causa de ella, quienes en todo momento, en su caso, y a manera de permiso con goce de sueldo, gozarán de su salario y demás prestaciones.
Estos grupos incluyen a “mujeres embarazadas o en periodo de lactancia, menores de 5 años, personas con discapacidad, personas con enfermedades crónicas no transmisibles (personas con hipertensión arterial, pulmonar, insuficiencia renal, lupus, cáncer, diabetes mellitus, obesidad, insuficiencia hepática o metabólica, enfermedad cardiaca), o con algún padecimiento o tratamiento farmacológico que les genere supresión del sistema inmunológico”.
Menciona también la suspensión de clases en todos los niveles públicos y privados hasta el 17 de abril.
Y para el sector privado se aclara que podrán continuar laborando “las empresas, negocios, establecimientos mercantiles y todos aquéllos que resulten necesarios para hacer frente a la contingencia, de manera enunciativa, hospitales, clínicas, farmacias, laboratorios, servicios médicos, financieros, telecomunicaciones, medios de información”.
Además, podrán continuar actividades en los servicios hoteleros y de restaurantes, gasolineras, mercados, supermercados, misceláneas, servicios de transportes, distribución de gas, siempre y cuando no correspondan a espacios cerrados con aglomeraciones, debiendo limitar su capacidad de aforo y respetando la Jornada Nacional y Estatal de Sana Distancia (1.5 metros) entre una persona y otra a cada lado.
FUENTE: ARISTEGUI NOTICIAS.
AUTOR: REDACCIÓN, ESTRELLA PEDROZA.
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