miércoles, 19 de agosto de 2020

Tribunal resuelve a favor de Amohp para que Ssa y SHCP abastezcan de medicinas a 260 niños con cáncer

El Decimonoveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito resolvió el recurso de queja 188/2020 a favor de la Agrupación Mexicana de Oncohematología Pediátrica (Amohp), para que las Secretaría de Salud (Ssa) y de Hacienda y Crédito Público (SHCP), y su Oficialía Mayor, protejan de manera “urgente” y “efectiva” a 260 niñas, niños y adolescentes con cáncer del Hospital de Especialidades Pediátricas de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, mediante el abastecimiento de los medicamentos y tratamientos de quimioterapia.

En su edición 2285 de esta semana, la revista Proceso publicó el reportaje titulado: “El desabasto, una condena para niños con cáncer”, realizado por la organización Impunidad Cero, en el que documenta el amparo litigado por la organización Justicia Justa y los testimonios de más de una decena de familiares y médicos, quienes se han visto afectados por esta problemática desde 2019, agravándose a partir de marzo de este año.

“Este Tribunal Colegiado estima que lo procedente es declarar fundado el presente recurso de queja y conceder la suspensión de plano a la asociación quejosa para el efecto de que las autoridades responsables desarrollen de manera urgente y efectiva todas las acciones o gestiones que resulten pertinentes (…)”, refiere la resolución 188/2020 publicada este martes, a la que Proceso tuvo acceso.

“(…) incluso ante diversas instancias, dentro de su ámbito de atribuciones, que permitan que se programe el suministro de medicamentos y otros insumos esenciales a los agremiados de la quejosa que laboran en hospitales públicos para los tratamientos oncológicos para el cáncer infantil y en concreto para el Hospital de Especialidades Pediátricas, en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, para que en esas instituciones se garantice el derecho a la salud, que implica la disponibilidad de medicamentos y otros insumos esenciales para el tratamiento de cáncer”, añade la sentencia, cuyo ponente fue el magistrado presidente Hugo Guzmán López.

La sentencia resuelta por unanimidad de votos se basó en la tesis de jurisprudencia 1a./J. 8/2019 (10a.) de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que apunta el “derecho a la protección de la salud, dimensiones individual y social”. Tras la decisión del Tribunal Colegiado, las organizaciones Impunidad Cero y Justicia Justa señalaron, a través de un comunicado, que la relevancia de la sentencia dictada en el recurso de la queja radica en que “permite que otros hospitales que se ubiquen en la situación de desabasto total de medicamentos puedan ser protegidos mediante medidas similares a las ordenadas para el Hospital de Tuxtla Gutiérrez”.

Esta resolución procede del juicio de amparo 579/202 que promovió la Amohp en mayo pasado; luego, cuando el 17 de julio dicho nosocomio de Tuxtla Gutiérrez llegó al “desabasto total”, los quejosos solicitaron al juez de amparo que se ordenara a la SSA y la SHCP el suministro de los medicamentos con el fin de que se continuara con los tratamientos “en aras de proteger su derecho a la salud y a la vida”, indica la organización.

“No debemos olvidar los problemas estructurales que todavía requieren ser atendidos por las autoridades federales en materia de compras y adquisición de medicamentos, para evitar que esta situación se prolongue de forma innecesaria hasta el 2021”, alertaron ambas organizaciones tras el fallo.

El desabasto de medicamentos es una problemática que ha sido denunciada en el país por el Movimiento Nacional de Salud, lo que ha generado una serie de amparos para abastecer los fármacos. Apenas el pasado miércoles 12 el Movimiento emitió un comunicado para recordar que cumplieron dos años desde su primera movilización realizada en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México.

Sin embargo, este amparo interpuesto por la Agrupación, que concentra a 300 oncohematólogos del país y litigado por Justicia Justa, se enfoca por primera vez en responsabilizar a la SSA, la SHCP y la Oficialía Mayor, al ser los responsables conforme a la normativa de implementar las compras consolidadas de medicamentos.

Para el reportaje que circula en la edición de esta semana, la SSA, la SHCP y la Oficialía Mayor no respondieron a las solicitudes de entrevista al cierre de edición, ni emitieron posicionamiento alguno.

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: ALEJANDRO MELGOZA ROCHA.