viernes, 12 de marzo de 2021

Preparan ley general de seguridad privada

Con la legislación, buscan establecer las reglas y la autoridad facultada para autorizar y regular a los prestadores de servicios de seguridad privada en el país.

Para establecer criterios generales y homogéneos para la autorización, verificación y evaluación de los servicios de seguridad privada, y dar certeza respecto a la identidad y actuación de las personas físicas y morales que presten ese servicio, el Congreso prepara la Ley General de Seguridad Privada.

En sesión presencial, el Pleno del Senado de la República respaldó este jueves la reforma al artículo 73 de la Constitución Política, para facultar al Congreso de la Unión a expedir dicha ley.

La asamblea aprobó la minuta enviada por la Cámara de Diputados y que busca una ley que establezca las reglas y la autoridad facultada para autorizar y regular a los prestadores de servicios de seguridad privada en el territorio nacional.

Con 85 votos a favor, nueve en contra y dos abstenciones, el dictamen fue enviado a los congresos de las 32 entidades federativas.

La legislación general deberá fijar las reglas de coordinación entre las personas autorizadas a prestar dichos servicios y la Federación, las entidades federativas y los municipios, para la efectiva organización y funcionamiento de los prestadores de servicios de seguridad privada como auxiliares de la seguridad pública.

También se prevé que contenga la coordinación de esos prestadores con las instituciones de seguridad pública en situaciones de emergencia y desastre, así como los aspectos vinculados a la coordinación y supervisión de las policías complementarias en el país.

Para Nadia Navarro, del PAN, el dictamen también busca recuperar la paz social, y promover la organización y coordinación de la seguridad privada en los diversos órdenes de gobierno.

El Congreso de la Unión y las legislaturas de las entidades deberán expedir la legislación necesaria para adecuar el marco normativo con el decreto y la ley citada, informó el Senado, dentro del plazo de 180 días naturales siguientes a la entrada en vigor de la ley general de seguridad privada.

FUENTE: ARISTEGUI NOTICIAS.
AUTOR: REDACCIÓN.

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