miércoles, 14 de abril de 2021

Diputados rechazan reservas y avalan en lo particular la prohibición del outsourcing

La Cámara de Diputados aprobó en lo general y particular la prohibición de la subcontratación laboral; ahora, el dictamen se remitió al Senado de la República.

En un debate que se prolongó por alrededor de siete horas, la Cámara de Diputados aprobó en lo general y particular la prohibición de la subcontratación laboral.

El pleno rechazó todas las reservas presentadas por diputados de Morena, PAN, PRI, PT, MC y PRD.

En lo general se avaló con 348 votos a favor, 77 en contra y 32 abstenciones y en lo particular con 248 sufragios a favor, 108 en contra y 17 abstenciones.

El dictamen se remitió al Senado para su revisión.

La discusión en San Lázaro inició a las 18:00 horas del martes y concluyó pasada la 1:00 de la madrugada de este miércoles.

En lo general, sólo el PAN votó en contra; en lo particular lo hicieron el PAN, PRI, MC y PRD.
El documento aprobado prohíbe la subcontratación de personal, para lo cual se derogan las disposiciones que actualmente prevén alguna regulación y diferencia la subcontratación de servicios especializados o de la ejecución de obras especializadas, siempre y cuando no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante.

También establece que la subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas deberá formalizarse mediante contrato por escrito; las personas físicas o morales que proporcionen los servicios de subcontratación deberán contar con registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

Menciona que el patrón que no permita la inspección y vigilancia que las autoridades del trabajo ordenen en su establecimiento, se le notificará por instructivo para que comparezca a exhibir toda la información requerida, apercibido que de no hacerlo se presumirá que no cuenta con ella.

Con independencia de lo anterior, el hecho de no permitir el desahogo de la inspección lo hará acreedor de una multa de 250 a 5 mil veces la Unidad de Medida y Actualización.

A quien realice la subcontratación de personal, así como a las personas físicas o morales que presten servicios de subcontratación sin contar con el registro correspondiente, se le impondrá multa de dos mil a 50 mil veces la Unidad de Medida y Actualización.

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: ALEJANDRO CABALLERO.

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