jueves, 29 de abril de 2021

FGR mantiene caso Odebrecht en la opacidad: desobedece doble ultimátum del INAI para desclasificarlo

Contrario a lo dicho por el presidente López Obrador, es la FGR la que mantiene en total hermetismo el caso Odebrecht, pese a lo ordenado por jueces y por el INAI.

En un abierto desacato a lo ordenado por el Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI) y por jueces federales, la Fiscalía General de la República (FGR) mantiene en total secrecía el expediente de investigación relacionado con los pagos de sobornos en México de la constructora Odebrecht.

Pese a dos ultimátum que dicho instituto ya le ha enviado este año a la Fiscalía para que se revelen los nombres de las personas investigadas y se elabore una versión pública de los tomos de la carpeta de investigación, la Fiscalía se ha negado a hacerlo.

Ni siquiera la advertencia del Instituto de imposición de sanciones como multas o denuncias ha modificado la posición de hermetismo sobre el caso que la Fiscalía adoptó desde el sexenio del expresidente Enrique Peña Nieto, y que ha mantenido en la actual administración.

El presidente Andrés Manuel López Obrador acusó ayer al INAI de ser el responsable de que el expediente del caso Odebrecht no se conozca hasta ahora. “Este (Instituto) de la transparencia negó los expedientes de la empresa Odebrecht o, mejor dicho, resolvió que se iban a mantener en secreto los expedientes de la empresa Odebrecht, de la que daba sobornos a los que yo hacía referencia”, señaló en su conferencia matutina.

La realidad es al revés. Desde 2018 el INAI ha resuelto 13 recursos de revisión – dos de ellos promovidos por Animal Político – en los que revocó la negativa de la FGR (antes PGR) de proporcionar datos sobre la carpeta de investigación requeridas en solicitudes de transparencia y le ordenó que los abra y los publique.

Lo anterior bajo la tesis de que se trata de un caso de corrupción y de alto interés público, situaciones que contempla la ley como excepciones para desclasificar una carpeta de investigación.

Pero la fiscalía se ha resistido desde un principio a hacerlo. Para ello promovió hasta cuatro juicios de amparo en los que argumentaba que de cumplir con dicha instrucción se podría poner en riesgo el éxito de la indagatoria y se causaría un daño irreparable al país. La entonces PGR se sumó también a otro amparo que promovió en contra del INAI uno de los principales implicados en esta trama de corrupción: el exdirector de Pemex Emilio Lozoya.

Inicialmente los jueces federales que revisaron los casos otorgaron a la Fiscalía suspensiones provisionales y definitivas que le permitieron no entregar la información requerida. La FGR llegó a utilizar esas mismas suspensiones para no acatar las nuevas solicitudes de información que se iban presentando.

Sin embargo, luego de procesos judiciales que llegaron a extenderse hasta tres años, en 2020 distintos jueces y tribunales federales determinaron no amparar, en definitiva, a la FGR. Estimaron que el interés público en un caso de corrupción como este validaba la desclasificación del expediente a través de versiones públicas que no pusieran en riesgo los datos sensibles.

Además, los jueces consideraron que era necesario transparentar el caso para que la sociedad pudiera fiscalizar la forma en que se estaba llevando a cabo la investigación en un caso de corrupción de alto impacto.

El doble ultimátum… y nada

El 18 de enero el Director de Cumplimiento del INAI, Juan José Rivera Crespo, le envió un oficio a la FGR en la que le recordó que todos los procesos judiciales que promovió para no acatar las resoluciones relacionadas con Odebrecht ya habían sido desestimados y, por lo tanto, no existía ningún obstáculo para entregar la información.

Y le puso un plazo: cinco días hábiles para notificar la forma en que cumplió o cumpliría con la referida instrucción. En caso de no hacerlo se le podrían imponer “medidas de apremio” (sanciones) que contempla la Ley Federal de Transparencia, entre ellas la imposición de multas y de denuncias ante las autoridades correspondientes.

Dicho plazo se terminó sin que la Fiscalía cumpliera con la instrucción y entregara los datos solicitados por Animal Político y los otros solicitantes. El argumento dado al INAI, según lo referido por funcionario federales, era que los jueces no habían notificado oficialmente a los fiscales de que desecharon los amparos.

Sin embargo y tras corroborar que esa notificación judicial ya había ocurrido, el INAI le envió un nuevo ultimátum a la FGR a través de un oficio fechado el 16 de marzo en el que le pidió, sin pretextos, el cumplimiento de lo ordenado en las 13 resoluciones relacionadas con Odebrecht.

“Requiérase, por última ocasión … a la Fiscalía General de la República, a efecto de que, en un plazo no mayor a cinco días hábiles, contados a partir de la notificación del presente acuerdo, remitan a este Instituto las constancias que acrediten el cabal e irrestricto cumplimiento, en sus términos, de las resoluciones ejecutorias recaídas en los recursos de revisión…” indica el oficio.

En ese contexto Animal Político preguntó al INAI si se procedería con la imposición de multas o que pasaría con la negativa de la Fiscalía para acatar los resolutivos. La respuesta, al momento de esta publicación, fue que el área jurídica del Instituto continuaba revisando el asunto.

También se buscó a la FGR para conocer una postura sobre el incumplimiento en la entrega de la información, pero no hubo respuesta.

Opacidad hasta en el juicio

El caso Odebrecht se ha manejado con hermetismo también en los tribunales. Las audiencias públicas que se han llevado a cabo en contra de dos de los implicados, Emilio Lozoya y su madre, se han llevado a cabo sin la presencia de público ni periodistas bajo el argumento de las restricciones sanitarias.

Acceder a ellas incluso se ha vuelto complicado aun cuando ya hayan transcurrido. El año pasado Animal Político solicitó copia de las grabaciones de las audiencias iniciales de Lozoya, pero el Poder Judicial solo habilitó consultarlas durante un periodo de algunas horas en una computadora de sus instalaciones.

La organización no gubernamental TOJIL: Estrategia contra la impunidad, también ha requerido a los jueces del caso que le reconozcan la calidad de víctima desde su posición de representante de la sociedad civil, lo que le permitiría conocer del proceso y participar en las audiencias. Pero esto también se lo han negado.

Dicha organización trequirió a través de una solicitud de transparencia las copias de los videos y promovió un recurso de revisión ante el INAI en contra de la negativa del Consejo de la Judicatura de facilitar dicho material. En este caso dicho Instituto avaló la restricción impuesta por el Poder Judicial.

“Ya presentamos un nuevo juicio de amparo en contra de esta decisión del INAI de avalar la negativa del Consejo. Consideramos que es una decisión desafortunada porque le compran al Poder Judicial este cuento de que transcurrida la audiencia solo puede haber consulta directa. Las audiencias son públicas y por ende los registros deben ser públicos”, dijo Estefanía Medina, cofundadora de TOJIL.

FUENTE: ANIMAL POLÍTICO
AUTOR: ARTURO ANGEL.

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