El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) insistió en declarar la pérdida del derecho de Raúl Morón a obtener la candidatura de Morena al gobierno de Michoacán, y se ordenó a ese partido a nombrar un sustituto a más tardar en cinco días.
Los consejeros mantuvieron su criterio de que la omisión en la entrega de informes de ingresos y gastos de precampañas es una falta “grave especial” que afecta la rendición de cuentas y transparencia, y pone en riesgo la equidad en la contienda, por lo que se justifica la medida.
Prácticamente sin discusión, pues ésta se centró en el caso de Félix Salgado Macedonio, a quien previamente el INE le retiró el registro como candidato de Morena, pero para la gubernatura de Guerrero, el caso de Morón pasó fast track.
La decisión se dio por seis votos a favor y cinco en contra. En la discusión, el consejero Ucc Kib Espadas recordó que el mismo Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que ordenó al INE volver a valorar y discutir el caso, estableció que no hubo elementos probatorios de que el sujeto obligado pretendió cometer las faltas, por lo que es una desproporción la sanción.
Sin embargo, en el acuerdo avalado se estableció que sí quedó acreditada “la falta de voluntad o disponibilidad del ciudadano Raúl Morón Orozco para presentar ante esta autoridad el informe de precampaña el 3 de febrero de 2021, plazo establecido por la legislación electoral, aun y cuando la autoridad le brindó la oportunidad de hacerlo al requerirlo en dos ocasiones posteriores, esto es el 15 de febrero y el 5 de marzo de la presente anualidad”.
La omisión persistió y “con lo anterior queda evidenciado que no hubo la intención de cumplir con la normativa electoral, o bien con los requerimientos efectuados por la autoridad administrativa electoral”, pues las precampañas al cargo de gobernador en Michoacán concluyeron desde el 31 de enero.
En el caso de Morón, la Unidad Técnica de Fiscalización detectó hallazgos de actividades de precampaña tasados en 12 mil 306 pesos en 12 publicaciones de Facebook, por lo que el representante de Morena ante el INE, Sergio Gutiérrez, insistió en lo excesivo de la sanción y el desacato a la sentencia del TEPJF.
De acuerdo con el INE, sí procede esa pérdida del derecho a ser postulado, pues el artículo 229, párrafo 3, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, permite la restricción al derecho al voto pasivo (a ser votado) y se justifica “en razón de la existencia de una necesidad orientada a satisfacer el interés público de transparencia y adecuada rendición de cuentas a la ciudadanía, establecida en el modelo democrático”.
La falta cometida por Morón fue grave especial y la pérdida del derecho de ser registrado o, en su caso, si ya está hecho el registro, con la cancelación como candidato al cargo de gubernatura, correspondiente al proceso en Michoacán de Ocampo, “es la idónea para inhibir la conducta”.
FUENTE: PROCESO.
AUTOR: CARINA GARCÍA.
No hay comentarios:
Publicar un comentario