martes, 18 de mayo de 2021

Cabeza de Vaca, ¿con o sin fuero? Corte confirmó que eso le compete al Congreso de Tamaulipas

La secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero, afirma que el gobernador de Tamaulipas ya no tiene fuero, pero un ministro de la corte señaló que el Congreso local usó atribuciones para conservar la inmunidad de García Cabeza de Vaca.

Las dudas sobre si conserva el fuero el gobernador de Tamaulipas, Francisco García Cabeza de Vaca, volvieron este lunes con las declaraciones del presidente Andrés Manuel López Obrador y la secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero, ante la decisión de la Suprema Corte de Justicia de desechar una controversia constitucional al respecto.

En su conferencia matutina del 17 de mayo, el presidente dijo que “no sabía” de la decisión de la Corte, pero que si esta instancia “resolvió que no hay fuero constitucional y que no procede la solicitud de amparo, vamos a decir, del Congreso local, ya es la fiscalía la que va a actuar”.
¿Entonces, no tiene fuero?, le preguntaron al mandatario. “No, porque cuando hay una controversia, es la Suprema Corte de Justicia el tribunal que decide, entonces ya no hay ninguna otra instancia”, comentó.

Por su parte, la secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero, fue categórica al afirmar que García Cabeza de Vaca actualmente “no tiene fuero” y acusó que existe “un vacío legal para la interpretación”.

Sin embargo, en el proyecto del ministro Luis González Alcántara Carrancá para desechar la controversia interpuesta por el Congreso de Tamaulipas, se especificó que dicho Congreso estatal decidió, tal y como sus atribuciones se lo otorgan, no seguir el proceso de la Cámara de Diputados y mantener el fuero del gobernador. 

Y “la determinación impugnada no afecta materialmente la decisión tomada por el Poder Legislativo de la entidad federativa”, se detalla. 

Ante esta definición, la Fiscalía General de la República interpuso un recurso de reclamación, según se conoció la noche de este lunes 17 de mayo. En él señala que está de acuerdo con que se deseche la controversia, aunque impugna los argumentos expresados por el ministro ponente del caso. 

‘Choque’ de congresos y el Artículo 111
El 30 de abril, la mayoría de legisladores en la Cámara de Diputados declaró procedente el desafuero del gobernador Francisco García Cabeza de Vaca, acusado de lavado de dinero, delincuencia organizada y fraude fiscal.

Pero ese mismo día, la mayoría en el Congreso de Tamaulipas votó por rechazar el juicio de procedencia en su contra, evitando que se le quitara el fuero, argumentando que se vulneraban sus garantías individuales, se violaba el debido proceso y la presunción de inocencia. 

“No procede el proceso de homologación de la declaración de procedencia en contra del gobernador de Tamaulipas, Francisco Javier Cabeza de Vaca”, expuso entonces Karla María Mar Loredo, diputada local de Acción Nacional. 

¿Y puede un Congreso local frenar un proceso federal?
 
De acuerdo con el académico del CIDE Javier Martín Reyes, el Artículo 111 de la Constitución establece que es un procedimiento ‘con dos etapas’, una en la Cámara de Diputados y otra en Congreso local, en este caso el de Tamaulipas. 

El Artículo 111 de la Constitución indica que para proceder legalmente contra un gobernador se seguirá el mismo proceso que con funcionarios federales, “pero en este supuesto, la declaración de procedencia será para el efecto de que se comunique a las Legislaturas Locales, para que en ejercicio de sus atribuciones procedan como corresponda”.

La Cámara de Diputados sí hizo la declaratoria correspondiente con la mayoría que pide la Constitución, pero el Congreso local decidió no homologar la declaratoria de procedencia, así que Cabeza de Vaca tiene fuero, explica Martín Reyes en entrevista con Animal Político.

Leticia Bonifaz Alfonzo, doctora en Derecho y académica de la UNAM, coincide en que la confusión surge en cómo se interpreta el Artículo 111, “porque hasta hoy no había habido nunca un desafuero a un gobernador, el caso del jefe de gobierno era el único”.

Señala que, desde su punto de vista, el gobernador conserva el fuero, dado que “el 111 dice qué le toca al Congreso federal y qué le toca al Congreso local. El Congreso local ya no continuó con el proceso y estaba dentro de sus facultades”.

Hugo Concha Cantú, investigador del instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, señala que es posible que, ante una declaración de procedencia de la Cámara de Diputados, los congresos locales defiendan a los gobernadores, pero que constitucionalmente se cumplió el proceso. 

“En el ejercicio de sus atribuciones, el Congreso de Tamaulipas determinó que no, que ellos no quieren quitarle el fuero a su gobernador y el tema ahí debería de terminar. La Constitución es bastante clara”, señala.

Sin embargo, Jaime Cárdenas Gracia, doctor en Derecho e Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, coincide con la visión de la secretaria de Gobernación, pues afirma que el orden jurídico federal no debe estar supeditado a la decisión de un estado.

Que mantenga el fuero “querría decir que Tamaulipas es una república independiente del país y que las disposiciones federales no funcionan o no prevalecen o no están vigentes en el estado”, acusa.

El 3 de mayo, el presidente dijo en su conferencia matutina que el gobernador de Tamaulipas “no tiene fuero ya”, pero que la Corte decidiría al final su situación.

Lo que desechó la SCJN

El Congreso de Tamaulipas presentó la controversia constitucional 50/2021 ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación. En ella acusó que la Cámara de Diputados excedió su competencia al declarar el desafuero del gobernador García Cabeza de Vaca.

Luis González Alcántara Carrancá, ministro instructor, desechó la controversia argumentando que el congreso local ejerció sus atribuciones tal como lo dice la Constitución y consideró que incluso decidió no retirar “la protección o inmunidad procesal penal” al gobernador estatal a quien se le imputa la probable comisión de un delito federal.

Asimismo, en su documento, el ministro dijo que esta determinación no prejuzga sobre la culpabilidad o no respecto del ilícito que se le relaciona y que “existe la oportunidad de llevar a cabo el procedimiento penal una vez que el servidor público concluya en su cargo”.

“La controversia constitucional que interpuso el congreso local de Tamaulipas era para que la Corte dijera quién tiene la razón“, si era la Cámara de Diputados federal o el Congreso local quien define si se le quita el fuero, explica Hugo Concha Cantú.

¿Por qué la descartó?

“Porque a juicio del ministro, el que demanda tiene que demostrar de qué manera se le violó un derecho. Se tendría que demostrar en qué consiste que el congreso local de Tamaulipas no pudo llevar a cabo sus competencias y sus atribuciones porque otro poder se interpuso y eso no ocurrió”.

“No hay agravio porque nadie obstaculizó al Congreso de Tamaulipas para que llevara a cabo sus funciones, por lo tanto la controversia no tiene lugar y se desecha”, añade el especialista del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.

“No hay duda, Cabeza de Vaca tiene fuero. Las declaraciones que está difundiendo el presidente de la república y la secretaria de Gobernación son abiertamente falsas”, considera Javier Martín Reyes.

¿Qué va a suceder?

El exministro José Ramón Cosío dijo en entrevista con Radio Fórmula que detener a García Cabeza de Vaca sería cometer un delito, dado que aún mantiene su fuero.

Para Concha Cantú, si la Fiscalía General de la República acude con un juez federal a solicitar una orden de aprehensión contra el funcionario que supuestamente ya no tiene fuero “veremos qué va a decir. Es ahí finalmente donde veremos si se niega que se quitó el fuero al gobernador”.

FUENTE: ANIMAL POLÍTICO.
AUTOR: LEÓN RAMÍREZ.

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