martes, 18 de mayo de 2021

Comunidad de Homún pide a la SCJN mantener suspendidas operaciones de empresa porcícola

Los pobladores denunciaron que con la instalación de la granja Papo en su territorio se violaron sus derechos humanos a la salud, al agua, a un medio ambiente sano y al consentimiento libre, previo e informado y culturalmente adecuado.

En las manos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) está el futuro de los habitantes de Homún, comunidad maya de Yucatán que desde finales de 2016 ha luchado por conservar sus recursos hídricos a favor de la infancia, y este miércoles 19 será testigo del debate que se realizará sobre la suspensión de las operaciones de una mega granja porcícola.

A través de un pronunciamiento, las organizaciones Kanan Ts’ono’ot e Indignación, así como representantes de la infancia de Homún, alertaron sobre la pertinencia de mantener suspendidas las operaciones de la empresa Producción Alimentaria Porcícola (Papo), del Grupo Porcícola Mexicano (Kekén), que desde el 9 de octubre está cerrada por una resolución de la juez Miriam de Jesús Cámara Patrón de amparar a seis niñas y niños.

La comunidad de Homún, ubicada en la Reserva Geohidrológica Anillo de los Cenotes, emprendió una lucha legal contra la mega granja porcícola, que “obtuvo permisos de manera irregular” y se instaló “sin consultar al pueblo”, en tanto que su producción “amenaza con contaminar el agua de esta reconocida fuente de zona de recarga acuífera, enrarecer el ambiente y afectar la salud de niñas y niños, así como de todos los pobladores”.
Entre los argumentos que durante años ha sostenido la comunidad es que “se violó su derecho a la libre autodeterminación, incluyendo el derecho a la consulta previa, libre e informada, además de que representa una amenaza a su modo de vida y a la fuente de sus ingresos: el ecoturismo de cenotes”.

Los pobladores denunciaron que con la instalación de la granja Papo en su territorio se violaron sus derechos humanos a la salud, al agua, a un medio ambiente sano y al consentimiento libre, previo e informado y culturalmente adecuado.

Para las organizaciones y representantes de los menores que tramitaron el amparo, la SCJN “tendrá la oportunidad --el próximo miércoles 19-- de sentar precedente sobre las suspensiones durante el juicio de amparo, sobre el principio precautorio en materia ambiental y acerca del interés superior de la niñez”.

Explicaron que “el principio precautorio” refiere a que, ante graves previsibles graves afectaciones ambientales, “no deberá exigirse la demostración de que la afectación ha tenido ya lugar, pues muchas veces el daño ambiental es lento e invisible, pero cuando se consuma es ya irreparable”, por lo que las autoridades están obligadas a “adoptar medidas que impidan el daño ambiental a tiempo”.

Las organizaciones y representantes legales exhortaron a la SCJN incorporar en su decisión el Amicus Curie sobre los riesgos ambientales suscrito por las organizaciones Earthjustice, Centro para la diversidad biológica, Coastal Carolina Riverwatch, Greenpeace México, Waterkeeper Alliance, entre otros expertos.

En cuanto al interés superior de la niñez, a la SCJN le corresponderá “garantizar el derecho de la infancia a crecer en un medioambiente sano, que se relaciona con el derecho al agua, a la salud y a una vida digna”.

Las organizaciones y representantes de los niños y niñas de Homú confiaron en que los ministros de la primera sala de la SCJN tomarán en cuenta “la voz del pueblo maya de Homún, principal afectada por la fábrica de cerdos propiedad de Papo”, decisión que impactará en otras comunidades que “también están luchando contra el establecimiento de este tipo de fábricas de la industria porcícola”.

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: GLORIA LETICIA DÍAZ.

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