En México se han registrado al menos 4 mil 39 denuncias por el “delito de aborto” a nivel nacional desde el año 2015 a julio de 2021, de acuerdo con cifras oficiales. De enero a julio de este año, éstas repuntaron un 14.28 por ciento en comparación en el mismo periodo de 2020.
El Estado de México, Ciudad de México, Nuevo León, Baja California y Tamaulipas son las entidades federativas que registran desde el año 2015 hasta julio de 2021 el mayor número de carpetas de investigación abiertas por aborto —709, 703, 422, 346 y 243 respectivamente—, una práctica que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que debe ser despenalizada.
Fue el pasado martes, cuando los ministros de la Corte declararon de manera unánime que es inconstitucional el artículo 196 del estado de Coahuila, el cual penaliza el aborto en cualquier etapa del embarazo. El fallo de los 10 ministros presentes sentó jurisprudencia y estableció un “criterio obligatorio” para impedir la criminalización de mujeres y personas gestantes que decidan interrumpir su embarazo, así como del personal médico que las ayude.
El aborto está penalizado en la mayoría de los estados, a excepción de Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo y Veracruz, que permiten la interrupción del embarazo hasta la semana número 10 o 12.
En México, hay al menos 4 mil 39 denuncias por el “delito de aborto” a nivel nacional desde el año 2015 a julio de 2021, revelan las cifras oficiales.
Las denuncias han mantenido una tendencia al alza desde el año 2015 hasta el 2019, cuando se registró el mayor número de carpetas de investigación abiertas (717).
En el 2020, año en que la pandemia también impactó en los mecanismos de denuncia, se registró una disminución de 13.27 por ciento al cerrar con un total de 633 carpetas de investigación.
No obstante, durante el periodo de enero a julio las denuncias (432) nuevamente repuntaron un 14.28 por ciento en comparación con las 378 registradas en el mismo periodo de 2020.
El Estado de México se ubica en el primer lugar con 93 denuncias dentro del citado periodo, seguido de Ciudad de México con 52, Nuevo León con 67 y Tamaulipas con 28
En tanto que Querétaro es la entidad federativa que ha reportado la mayor tendencia de crecimiento en las denuncias de aborto; hasta un 460 por ciento en los últimos seis años y medio. De 5 denuncias que se registraban en el año 2015, para el 2016 se duplicaron; en 2017 subieron a 12 denuncias, en 2018 a 14; en 2019 se dispararon a 22; en 2020 se presentaron 28 denuncias, y en lo que va del año ya acumula 22.
En dicha entidad federativa se castiga el aborto en cualquiera de sus etapas con penas que van desde 1 a 3 años de prisión, aunque el juez podrá tomar en cuenta las condiciones de la mujer y atenuar las penas en una tercera parte.
FALTA TRABAJO EN ENTIDADES FEDERATIVAS
El Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), una organización feminista que difunde información objetiva, científica y laica sobre el aborto en México, celebró el fallo histórico de la Suprema Corte al considerar que es el reflejo de una histórica lucha del movimiento feminista por el aborto legal, seguro y gratuito.
No obstaste, Melisa Ayala, coordinadora de litigio en GIRE, señaló que aún falta que la criminalización del aborto salga de los códigos penales en todos los estados, pero que también que en los estados se vaya regulando el tema del aborto.
“Si bien el derecho a decidir está consagrado en el artículo 4 de la Constitución, en muchas ocasiones los derechos se pueden quedar en el papel”, dijo.
De acuerdo con el GIRE, la criminalización del aborto impacta no sólo a las mujeres que son sometidas a un proceso penal por dicha práctica, sino a todas aquellas que tienen embarazos no deseados y deben enfrentar el riesgo de llevar a cabo abortos fuera de la ley, continuar un embarazo no deseado o, incluso, enfrentar maltratos por parte del personal de salud al solicitar interrupciones del embarazo dentro de un marco legal.
Los datos que presenta el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) se centran en el número de denuncias por aborto, el cual, en la investigación podría abarcar en una acción penal desde mujeres, personas gestantes o terceros que hayan apoyado.
El pasado 20 de julio, Veracruz fue el cuarto estado de la República en garantizar el derecho al aborto legal, luego de que Hidalgo lo aprobara el pasado 30 de junio.
El primero en hacerlo fue la Ciudad de México (24 de abril de 2007), posteriormente le siguió Oaxaca (25 de septiembre de 2019).
No obstante, en estos estados la interrupción del embarazado se castiga una vez transcurridas las primeras 10 o 12 semanas de gestación.
El estudio “Maternidad o Castigo: la criminalización de aborto”, realizado por GIRE, consigna que 29 entidades federativas establecen como causal de exclusión o no punibilidad que el aborto sea resultado de una conducta imprudencial o culposa.
Además en 23 estados también se excluye la tipificación del aborto como delito si existe peligro de muerte de la mujer embarazada; en 15, que la mujer enfrente riesgo a su salud; 16, que el producto presente alteraciones congénitas o genéticas graves; 15, que el embarazo sea resultado de inseminación artificial no consentida, y dos, que haya causas económicas para interrumpir el embarazo.
La mayoría de las entidades federativas, es decir, al menos 26, contemplan sanciones y penas privativas de libertad en relación con el delito de aborto en todas sus etapas. Tan solo tres entidades federativas, no contemplan este tipo de penas: Chiapas, Michoacán y Veracruz.
Con relación al Código Penal Federal, de acuerdo con la investigación del GIRE, se establece que el aborto culposo (sin sanción) la violación sexual y el peligro de muerte como causales de no punibilidad.
SONORA, DONDE MÁS SE CASTIGA
Con relación a las sanciones y penalidades, en México a las mujeres que llegasen a practicar la interrupción del embarazado se enfrentan a sanciones que pueden ir desde 15 días hasta seis años dependiendo de cada legislación.
El estado de Sonora, por ejemplo, es la entidad federativa con las penalidades más altas, al castigar de uno a seis años de prisión y multa de veinte a doscientas Unidades de Medida y actualización, a “la mujer que procure su aborto y a la persona que la hiciere abortar con el consentimiento de ella” en cualquier etapa de la gestación.
En ese estado las denuncias por aborto han tenido un incremento de hasta 133 por ciento en los últimos seis años, pues de tres carpetas de investigación que se abrieron en 2015, para los primeros siete meses de 2021 ya se han reportado al menos 10 denuncias.
Baja California, Morelia, Puebla y Tamaulipas sancionan el aborto en cualquier etapa con penas que van desde uno a cinco años en prisión, y en Colima las penalizaciones privativas de la libertan van desde los 2 hasta los cuatro años en prisión y multa económica.
Aguascalientes, Chihuahua, Coahuila (hasta el martes), Durango, Guanajuato, Guerrero, Estado de México, Nayarit, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa y Tabasco la sanción oscila entre los 6 meses hasta los 3 años en prisión.
“En el caso de Aguascalientes, destaca la inclusión de una pena de reparación del daño, sanción cuestionable pues supone que un aborto provocado puede causar una afectación a personas más allá́ de la propia mujer”.
Los estados que contemplan privaciones de entre 6 meses hasta dos años son Baja California Sur, Quintana Roo, Zacatecas y Campeche; este último detalla que antes de la semana doce se sanciona con trabajo comunitario y después con prisión.
En Nuevo León se establece una sanción de seis meses hasta un año de prisión y en Yucatán la penalidad es de tres meses hasta un año de prisión, en donde, a solicitud de la mujer puede cambiar la pena de prisión por un tratamiento integral.
En la Ciudad de México se castiga el aborto después de la décima semana de gestación con penas de 3 a 6 meses de prisión o trabajo a la comunidad entre los 100 a 300 días.
En tanto a las personas que ayudan o hacen abortar a una mujer, con el consentimiento de ésta, se le impondrá de uno a tres años de prisión.
En el caso de las entidades federativas que no contemplan prisión, en Chiapas se impone como medida alterna atención integral educativa y de salud con perspectiva de género y en Michoacán, de trabajo en favor de la comunidad, que puede ir desde seis meses hasta un año.
AUTOR: SUGEYRY ROMINA GÁNDARA.
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