La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó la suspensión indefinida que una ministra había otorgado al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) para frenar la implementación del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut), mecanismo de vigilancia que se aprobó en la última reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR).
La resolución adoptada por cuatro votos contra uno en la Primera Sala de la Corte desechó un recurso de reclamación presentado por la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República y confirmó el fallo de la ministra Norma Lucía Piña Hernández que había dictado la suspensión del Panaut en el marco de la controversia constitucional que presentó el IFT contra el Poder Ejecutivo Federal por la promulgación de las reformas a las leyes en materia de telecomunicaciones.
En la citada controversia, el IFT argumentó que no cuenta con presupuesto para la creación del Panaut, un instrumento para registrar a todos los usuarios de telefonía celular con datos biométricos, sin especificar si incluye la toma de huellas dactilares y digitalización del rostro.
La reforma señala que los usuarios que se nieguen a registrarse en el Panaut, podrían quedarse sin acceso al servicio de telefonía celular.
Debido a que la resolución de la controversia constitucional podría llevar más de un año, para el 2022 tampoco se contempla la asignación de presupuesto para la creación del Panaut.
La suspensión que confirmó la Primera Sala estará vigente hasta que se resuelva el fondo de la controversia.
FUENTE: PROCESO.
AUTOR: JUAN OMAR FIERRO.
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