El acuerdo que publicó el Diario Oficial de la Federación (DOF) para blindar los proyectos y obras que estén a cargo del gobierno federal es «ilegal» y «con deficiente e incorrecta fundamentación constitucional», acusó la Barra Mexicana, Colegio de Abogados (BMA).
El acuerdo impulsado por el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) y publicado este 22 de noviembre declara como asuntos de «interés público y seguridad nacional» los proyectos del gobierno mexicano asociados a la infraestructura de los sectores de comunicaciones, telecomunicaciones, aduanero, fronterizo, hidráulico, hídrico, medio ambiente turístico, salud, vías férreas, ferrocarriles en todas sus modalidades, energético, puertos, aeropuertos y otros que se consideren prioritarios o estratégicos para el desarrollo nacional.
De acuerdo con la BMA, el acuerdo «resulta francamente violatorio» de al menos seis disposiciones constitucionales, entre las que se encuentra la división de poderes, «en tanto que pretende imponerse indebidamente sobre las leyes emanadas del Congreso de la Unión»; disposiciones en materia ambiental, particularmente el derecho humano al medio ambiente, la autorización previa en materia de impacto ambiental y disposiciones sobre el desarrollo sustentable; y disposiciones en materia de consulta previa, tanto ambiental como indígena, y otros procesos sociales y agrarios.
«Adicionalmente, el acuerdo viola disposiciones contenidas en tratados comerciales en lo relativo a competencia económica, medio ambiente, consultas previas, energía, trato justo, debido proceso, entre otras», señaló la BMA.
El presidente mexicano declaró que el decreto es para «agilizar trámites burocráticos para que no se detengan las obras» de proyectos como el Tren Maya, el aeropuerto internacional Felipe Ángeles y la refinería de Dos Bocas, así como dar confianza a las empresas.
Con el acuerdo, explicaron los abogados, se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a otorgar una «autorización provisional» de hasta 12 meses para iniciar los proyectos del gobierno y garantizar su ejecución oportuna. Si la autorización no se otorga en un plazo de cinco días, ésta se entenderá en un sentido positivo.
Finalmente, la BMA aseguró que el acuerdo de AMLO es un «atentado al orden jurídico nacional», por lo que solicitó al Ejecutivo que «deje sin efectos el señalado Acuerdo en respeto al Estado de Derecho».
El comunicado completo:
POSICIONAMIENTO DE LA BARRA MEXICANA, COLEGIO DE ABOGADOS, A.C. (BMA), SOBRE EL ACUERDO DEL EJECUTIVO FEDERAL PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 22 DE NOVIEMBRE DE 2021
23 de noviembre de 2021
La BMA tiene en su objeto social entre otras cosas, velar por el respeto a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las leyes que de ella emanen y los tratados suscritos por el Estado Mexicano, por ello manifestamos nuestra preocupación por el atentado al orden jurídico nacional a través del:
ACUERDO por el que se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a realizar las acciones que se indican, en relación con los proyectos y obras del Gobierno de México considerados de interés público y seguridad nacional, así como prioritarios y estratégicos para el desarrollo nacional, en lo sucesivo el Acuerdo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de noviembre de 2021.
Ilegal e inconvencionalmente, con deficiente e incorrecta fundamentación constitucional; el Acuerdo declara como asuntos de –interés público y seguridad nacional- los proyectos del Gobierno de México asociados a infraestructura de los sectores comunicaciones, telecomunicaciones, aduanero, fronterizo, hidráulico, hídrico, medio ambiente turístico, salud, vías férreas, ferrocarriles en todas sus modalidades, energético, puertos, aeropuertos y otros que se consideren prioritarios y/o estratégicos para el desarrollo nacional.
Se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a otorgar la –autorización provisional- (con vigencia de 12 meses) necesaria para iniciar los proyectos u obras referidos en el párrafo anterior, para con ello garantizar su ejecución oportuna. Dicha autorización se otorgará en un plazo de 5 días. Transcurrido dicho plazo sin que haya emitido la autorización se entenderá en sentido positivo.
El señalado Acuerdo resulta francamente violatorio de las siguientes disposiciones constitucionales: (i) la división de poderes en tanto que pretende imponerse indebidamente sobre las leyes emanadas del Congreso de la Unión, por ejemplo: en materia de competencia, medio ambiente, telecomunicaciones, energía, etc.; (ii) disposiciones en materia de competencia económica en tanto que, en vez de promover la competitividad, más bien genera una competencia desleal; (iii) disposiciones en materia ambiental, particularmente el derecho humano al medio ambiente, la autorización previa en materia de impacto ambiental y disposiciones sobre el desarrollo sustentable; (iv) disposiciones en materia de debido proceso; (v) disposiciones en materia de consulta previa, tanto ambiental, como indígena y otros procesos sociales y agrarios; (vi) disposiciones en materia de progresividad en materia de derechos humanos. Adicionalmente, el acuerdo viola disposiciones contenidas en tratados comerciales en lo relativo a competencia económica, medio ambiente, consultas previas, energía, trato justo, debido proceso, entre otras.
Por lo expuesto, respetuosamente solicitamos al Poder Ejecutivo Federal, deje sin efectos el señalado Acuerdo en respeto al Estado de Derecho.
A t e n t a m e n t e,
AUTOR: REDACCIÓN.
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