Por hechos ocurridos en 2017, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) instruyó al secretario de la Marina Armada de México, (Semar) Rafael Ojeda Durán, indemnizar a familiares de una persona que fue víctima de desaparición forzada por elementos de la dependencia en Reynosa, Tamaulipas.
De acuerdo a la recomendación 114/2021 la CNDH encontró responsabilidad en personal de la Semar de hechos ocurridos el 21 de diciembre de 2017 sobre la desaparición forzada de un nombre por miembros de Semar, “mientras se dirigía a un convivio”.
La queja fue presentada por la madre de la víctima quien en el testimonio rendido ante la CNDH señaló que otro hijo suyo le comentó que el afectado se comunicó con él en dos ocasiones, comentándole que “detrás de su automóvil iban vehículos de Marina con los códigos encendidos, por lo que se haría a un lado”, mientras que en una segunda llamada le explicó “cómo los Marinos lo perseguían a la altura del Tec Milenio y le disparaban”.
En las testimoniales, se establece que el hermano de la víctima intentó comunicarse por tercera ocasión con el joven, pero éste ya no contestó la llamada.
De acuerdo con la investigación de la CNDH, “un testigo señaló que un día después el 22 de diciembre de 2017, al salir de una tienda de abarrotes, vio que marinos golpeaban a un joven que después identificó como el agraviado”.
A lo anterior se suma que el testigo “vio un convoy de camionetas de la Semr en una de las cuales iba la víctima”, situación que llevó a la madre del desaparecido a presentar una denuncia de hechos ante la Fiscalía General de Justicia de Tamaulipas.
Al término de la investigación, la CNDH “confirmó las violaciones a derechos humanos a la personalidad jurídica, a la integridad y seguridad personales, así como a la legalidad por hechos consistentes en desaparición forzada de la víctima, como el arresto, la detención, el secuestro en cualquier otra forma de privación de la libertad”.
Además, el organismo constató la participación de agentes del Estado “o de personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado; y la negativa a reconocer dicha privación de la libertad o el ocultamiento del destino o el paradero de la persona desaparecida”.
Para el organismo no cabe duda que el hecho de que la víctima esté en calidad de desaparecido de manera forzada o que haya sido privado de la vida, ha “transformado su vida como la conocía, vulnerando todos sus derechos”, situación que trascendió a la esfera jurídica de su esposa e hijo, menor de edad. y las víctimas indirectas y testigos.
La indemnización
La CNDH pidió a la Semar que se coordine con la CEAV para emitir un dictamen “conforme a los hechos y responsabilidades acreditadas en la recomendación, proceder a la reparación integral del daño ocasionado”, en el que se considere una “compensación económica justa, así como atención médica y psicológica a los afectados directos e indirectos”.
El organismo sugirió que “en coordinación con autoridades correspondientes” se inscriba a la víctima en el Registro Nacional de Persona Desaparecidas y No Localizadas, se coadyuve en la búsqueda efectiva, “para lograr su localización inmediata y su presentación con vida, o de ser el caso y con el mismo carácter, se localicen sus restos mortales y se entreguen a sus familiares”.
La CNDH pidió al titular de Semar colaborar “en el trámite de la denuncia de hechos y queja que se presente ante la Fiscalía General de la República y la Unidad de Inspección y Contraloría General de la Marina, por las acciones y omisiones en que hayan participado los elementos de la Semar”.
El organismo pidió facilitar al personal naval de “cursos de capacitación y se continúe e intensifique el programa integral de formación en materia de derechos humanos, dirigido tanto a mandos medios y superiores, como a elementos de infantería de la Semar que hayan intervenido en los hechos”.
FUENTE: PROCESO.
AUTOR: GLORIA LETICIA DÍAZ.
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