14 años después de ocurridos los hechos, un tribunal federal le ordenó a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) que concluya el trámite burocrático para indemnizar a una mujer que resultó gravemente lesionada de sus dos piernas, y que además perdió a dos de sus familiares, durante el ataque con granadas ocurrido en el Zócalo de Morelia, Michoacán, en septiembre de 2008.
Por unanimidad de votos, los tres magistrados del Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa con sede en la Ciudad de México decidieron amparar a Aurora “N”, tras considerar que la CEAV ha postergado y retrasado, de manera absolutamente injustificada, la reparación del daño a la víctima pese a que ella cumplió con todos los requisitos necesarios. Una situación que la ha terminado revictimizando.
Aurora se encontraba junto con su familia en la explanada del centro de Morelia para presenciar los festejos por el Grito de Independencia la noche del 15 de septiembre de 2008, cuando sujetos desconocidos detonaron diversos artefactos explosivos en plena plaza pública.
La mujer resultó con lesiones considerables en las piernas tras ser alcanzada por las esquirlas de las granadas. Los fragmentos de metal nunca le fueron extraídos de las extremidades por lo que, hasta la fecha, le siguen causando dolores y un malestar permanente al caminar. Además, su esposo también resultó con heridas considerables, mientras que su suegra y su sobrino murieron en el atentado.
Durante la siguiente década ella y la mayoría de las víctimas recibieron pagos incompletos y asistencias parciales pero ninguna reparación del daño. En buena medida porque quienes debían reparar el daño, o sea los responsables del ataque, no pudieron ser identificados plenamente por las autoridades. Las personas que en su momento fueron detenidas y presentadas como los presuntos autores materiales, fueron torturadas para aceptar su supuesta responsabilidad y terminaron siendo liberadas por orden de los jueces que revisaron sus casos.
Fue hasta 2018 cuando Aurora, con el apoyo de abogados, logró iniciar ante la CEAV el procedimiento formal para que le fuera reconocida su calidad de víctima de un delito federal considerado como grave y, por consiguiente, pudiera recibir los beneficios y apoyos que la Ley General de Víctimas contempla para las personas en esta situación y que va, desde una compensación subsidiaria hasta la reparación integral de los daños sufridos.
En 2020 y luego de varias trabas burocráticas Aurora, al igual que otras 19 personas, consiguieron que la CEAV les reconociera oficialmente su carácter de víctimas. El paso siguiente era la emisión del acuerdo en la que se estableciera el monto de la compensación subsidiaria (debido a que no hay culpable condenado) por el daño causado, y el resto de las disposiciones del plan de reparación. Un proceso que no debería haber tomado más de un mes, pero que ya va para dos años y no se ha cerrado.
Retrasos y revictimización
En la sentencia en la que los magistrados conceden a Aurora el amparo definitivo, se advierte que las omisiones en que ha incurrido la comisión de víctimas han violado su derecho fundamental al acceso a una justicia pronta y expedita. Esto debido a los retrasos para emitir la resolución sobre la compensación a la que tiene derecho, la cual se presentó formalmente desde julio de 2020.
Aunque la comisión sostuvo que los retrasos en el procedimiento supuestamente eran responsabilidad de la falta de cooperación de la víctima, y de la pandemia sanitaria que afectó el desarrollo de los trámites administrativos, los magistrados concluyeron que esos argumentos no justifican la falta de respuesta a un proceso que no debió exceder de los 20 días hábiles.
El tribunal recuerda que de acuerdo con la Constitución es un derecho fundamental de toda persona en nuestro país el acceso a una justicia “pronta, completa, gratuita e imparcial”, situación que debería ser adoptada como prioritaria por las autoridades y a partir de ello atender las distintas demandas. No hacerlo no solo afecta este derecho, sino que les genera una afectación doble.
“La violación al derecho de acceso a la justicia puede manifestarse, entre otros supuestos, a través de un acto negativo o una omisión en sentido estricto, que tiene dos vertientes: la primera, consiste en que la autoridad no desarrolle el juicio dentro de los términos y plazos previstos legalmente (esto es, que no lo siga diligentemente, sino con dilación o demora); y, la segunda, implica que la autoridad no provea o deje de hacer lo conducente para la tramitación y culminación del procedimiento respectivo”, advirtieron los magistrados.
Reyna Velasco, abogada de Aurora, consideró que la sentencia del tribunal colegiado pone en evidencia que la CEAV, en lugar de agilizar los procedimientos para reparar el daño, ha operado en sentido inverso, es decir, para obstaculizarlo. Otra prueba de ello, indica la litigante, es que en lugar de cumplir con el amparo que la víctima ya había ganado desde el año pasado, el organismo prefirió promover una apelación lo que ha retrasado aún más el proceso.
“El tema ha tenido múltiples trabas primero, porque las víctimas no sabían casi nada del proceso, ni el estatus de las indagatorias, ni de sus derechos. Nadie les informó nunca nada. Luego había amparos y una infinidad de situaciones que han hecho que el proceso sea muy largo y para colmo nos topamos que la CEAV ha hecho todo el procedimiento muy lento. Un procedimiento que por ley no debería de durar más de un mes”, advierte la defensora.
En ese contexto, la sentencia emitida ahora por el Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa es una resolución de carácter definitivo, para la cual ya no hay recursos que la CEAV pueda promover por lo que, al menos en el papel, debe formular a la brevedad la resolución correspondiente.
Lo anterior significa que una vez que la sentencia del tribunal le sea oficialmente notificada a la comisión, esta deberá implementar de manera inmediata las acciones necesarias para emitir la resolución en la que se establezca que
Abandono e impunidad
En septiembre de 2019, Animal Político documentó que a más de una década del ataque con granadas en Morelia, Michoacán (que en algún momento fue calificado incluso por el gobierno como un hecho de terrorismo) prevalecía la impunidad: sin que los responsables fueran procesados y sentenciados, y sin que las víctimas tuviera acceso a la verdad de lo ocurrido y a la reparación del daño.
De acuerdo con Velasco, la situación ha cambiado poco hasta ahora. De entrada, no hay nadie detenido ni enfrentando algún proceso o juicio por estos hechos. Los cuatro hombres a los que originalmente se capturó en Michoacán tras lo ocurrido, y a los que se relacionó con el grupo de Los Zetas, fueron absueltos por un tribunal federal tras confirmarse que padecieron maltratos y tortura para declararse culpables.
Por otro lado, todas las víctimas han enfrentado problemas para recibir las compensaciones que les corresponden. Desde 2019 doce de ellas enviaron un escrito a la Secretaría de Gobernación solicitando una reunión con el subsecretario de Derechos Humanos para abordar la revictimización que habían padecido durante más de una década y buscar el apoyo del entonces nuevo gobierno. Sin embargo, su solicitud tampoco fue contestada.
La litigante dijo que tuvieron que recurrir a una nueva demanda de amparo ante la falta de respuesta de la dependencia el cual también ganaron. Finalmente, el pasado 16 de marzo Gobernación les respondió señalando que el tema no era de su competencia y que el asunto fue remitido a la CEAV.
“Hasta ahora esta reunión no se ha podido llevar a cabo tampoco. Buscamos a la nueva comisionada, pero nos dijeron que por cuestiones de agenda no se podía llevar a cabo la reunión. Creo que es evidente que no les interesa el tema y es lamentable porque hay víctimas de otros casos con las que sí se han reunido pero, en este caso, aunque se trató incluso de un asunto de terrorismo, los afectados están en el abandono. Solo a través de amparos y amparos como el de Aurora es como se ha podido conseguir que la CEAV se mueve, pero el camino ha sido tortuoso”, señaló Velasco.
FUENTE: ANIMAL POLÍTICO.
AUTOR: ARTURO ANGEL.
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