Exconsejeros del Instituto Nacional Electoral (INE) y especialistas electorales advirtieron que la modificación legal aprobada por Morena y sus aliados para permitir que funcionarios públicos promuevan la revocación de mandato, a escasos días de esa consulta, viola la Constitución y sienta un precedente grave para futuros procesos electorales.
En entrevistas, precisaron que el artículo 105 constitucional establece que no puede haber modificaciones a la normativa electoral 90 días antes de una jornada de votación.
Pamela San Martín, exconsejera del INE, y Luis Miguel Carriedo, exasesor del Consejo General del instituto, precisaron que el dictamen aprobado el jueves por la mayoría morenista en la Cámara de Diputados para “interpretar el alcance del concepto de propaganda gubernamental” es, en los hechos, una modificación legal y se debió sujetar a la prohibición de la Constitución.
El bloque de Morena arguyó que no se trataba de una reforma sino de una “interpretación” a una ley, lo cual, según su argumentación, le permitía avalar el dictamen en el pleno sin que pasara por comisiones —como establece el procedimiento legislativo— y turnarlo de inmediato al Senado.
Los morenistas aprobaron una modificación que establece que las expresiones de los funcionarios públicos no constituyen propaganda electoral; en la práctica, se busca que tanto el presidente Andrés Manuel López Obrador como los gobernadores, funcionarios de los tres niveles de gobierno y legisladores federales y locales puedan promover la revocación de mandato.
Los especialistas afirmaron que la consulta de revocación de mandato debe considerarse un proceso electoral y, por ello, su regulación debe estar sujeta a los límites constitucionales de que no puede haber modificaciones legales 90 días antes de la jornada de votación.
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— @INEMexico (@INEMexico) March 11, 2022
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“Si bien la revocatoria de mandato no es como tal un proceso electoral, sí comparte la naturaleza del proceso electoral, precisamente por lo que se decide a través de una revocación de mandato: la permanencia o no de un presidente o un servidor público electo popularmente durante un determinado periodo. Por eso debe de mantener la misma naturaleza de un proceso electoral. Las reglas electorales no se cambian a la mitad del camino. Esto está expresamente prohibido por la Constitución”, sostuvo la exconsejera San Martín.
Agregó que la modificación legislativa de Morena vulnera el principio de certeza que debe regir cualquier elección, tanto para contendientes como para ciudadanos.
“Estaríamos abriendo la posibilidad de que se rompa la certeza que debe de haber detrás de la organización de un proceso electoral y de las reglas que le aplican a todos los contendientes, y que son reglas, específicamente en el caso de propaganda gubernamental, que se establecieron claramente para poner frenos a los mandatarios en turno”, explicó.
“Todos los actores políticos y la propia ciudadanía tienen derecho a conocer con anticipación cuáles son las reglas que aplican a la organización de un proceso electivo”.
San Martín dijo que las restricciones sobre la propaganda gubernamental se establecieron en la reforma electoral de 2007, en respuesta al movimiento de López Obrador que acusó injerencia indebida en los comicios presidenciales por parte de Vicente Fox, por lo que es irónico que ese mismo movimiento, ahora partido en el poder, pase por encima de reglas y límites que defendía.
Mal precedente
Los especialistas alertaron que se sienta un precedente grave hacia procesos electorales venideros, no solo a nivel federal, sino también estatal.
“Con independencia de cuáles sean las mayorías, de quién esté al frente de la Presidencia, lo mismo podría pasar eventualmente en un Congreso local: no solamente es un precedente que impactaría a nivel nacional, sino también a nivel local”, refirió San Martín.
El exasesor Luis Miguel Carriedo advirtió de atropellos que podrían cometerse posteriormente, cuando la mayoría del Congreso sea de diferente partido.
“Se puede generar el precedente de hacer cambios a reglas electorales desde el Congreso con mayoría simple en momentos previos a la votación”, sostuvo.
“Dejará un precedente que afectará no solo los procesos que vengan de revocación, sino procesos electivos (…) Si aquí cambian el asunto de permitir a los servidores públicos entrar a la difusión de la revocación, pues otro Congreso puede decir que se permiten los tuits de famosos en veda electoral porque es la libertad de expresión, y faltando un día para la jornada poderlo cambiar, o que los futbolistas se expresen. Esto es un pésimo precedente y una actitud irresponsable del Congreso”.
Carriedo expuso que las leyes electorales sí pueden modificarse, pero existe un procedimiento definido desde la Constitución que protege la legalidad y la certeza.
“El camino (seguido por Morena) es equivocado en lo político y en lo jurídico; por supuesto, hay muchas cosas qué cambiarle a la estructura de reglas e incluso a la forma en que se han interpretado las reglas de la revocación de mandato, pero el canal institucional es hacer una reforma en serio, en forma, no hacer una ‘interpretación’ de la ley electoral vinculante desde el Congreso, desde quien tenga mayoría”, detalló.
Agregó que la Cámara incurrió en una invasión de funciones del Tribunal Electoral federal, pues a este le corresponde interpretar las leyes emitidas por el Legislativo.
“Ahí entramos en una situación de tomar las facultades del INE y el TEPJF, en vez de criticarlas y hacer una reforma constitucional y legal para replantear (las reglas). Creo que le falta mucho a la ley para tener una buena estructura de revocación de mandato, creo que es legítimo el debate de si es excesivo que un servidor público saque un tuit hablando del tema y que eso se pueda considerar propaganda gubernamental, pero son los criterios vigentes de interpretación (…) y la interpretación de lo que está vigente lo resuelve el Tribunal Electoral”, indicó.
“El INE está obligado a organizar la revocación de mandato con base en la Constitución y las leyes emanadas del Congreso; si hay algún desacuerdo con la interpretación o la aplicación que el INE hace de las normas contenidas en la Constitución y las leyes, existen medios idóneos para impugnar estas determinaciones: acudir al TEPJF, que es la máxima autoridad a nivel jurisdiccional en materia electoral”, coincidió la exconsejera San Martín.
“El tribunal tiene la facultad de revisar todos los actos del INE, la conformidad de estos con la Constitución y las leyes. La facultad de legislar la tienen los legisladores, de modificar las leyes y la Constitución siguiendo los procedimientos, sí, pero no al margen de la Constitución”.
La exconsejera anticipó que es posible que, si el dictamen de Morena es aprobado por el Senado, los actores de oposición promuevan una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que tendrá la última palabra.
FUENTE: ANIMAL POLÍTICO.
AUTOR: ZEDRYK RAZIEL.
FECHA: 12 MARZO 2022.
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