La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó la figura de los superdelegados como enlace entre las secretarías de Estado y los gobiernos estatales, tras resolver una acción de inconstitucionalidad.
Por seis votos contra cinco, los ministros declararon infundada la acción presentada por legisladores de oposición, tras los cambios realizados a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, reformada mediante dos decretos en noviembre de 2018.
La magistrada Loretta Ortiz Ahlf, cuyo voto desempató la discusión, señaló que esta figura “no transgrede el principio constitucional de federalismo”, y se pronunció por su validez “al existir certeza sobre el ámbito de sus atribuciones”.
Días antes, el Pleno de la Corte había analizado la acción y validó el proceso que dio origen a las reformas.
También validó los artículos 30 Bis, fracciones XIV, XVII, XVIII, XIX y XXI, donde se prevén facultades de los superdelegados en temas de seguridad nacional, al considerar que “existe una amplia libertad de configuración legislativa para la distribución de los negocios del orden administrativo entre las diversas secretarías”.
Entre los otros artículos validados por la Corte está el artículo 31, fracciones XXV y XXVI, donde se atribuyen a la Secretaría de Hacienda las facultades de planear, establecer y conducir la política de contrataciones públicas, al considerar que no existe una obligación de concentrar en un solo ordenamiento, todas las disposiciones en el tema.
Además, la Corte descartó una indebida concentración de facultades, por lo que también otorgó validez a los artículos 27, fracción III, 31, fracción XXII y 43, fracción VII, párrafo segundo.
Los superdelegados son los encargados de promover los planes y programas sociales del gobierno de Andrés Manuel López Obrador.
Los superdelegados, que han sido desplegados en todos los estados, deberán responden directamente al Coordinador General de Programas para el Desarrollo, que a su vez, está bajo el mando del Ejecutivo, a través de la Oficina de la Presidencial.
FUENTE: ANIMAL POLÍTICO.
AUTOR: REDACCIÓN.
No hay comentarios:
Publicar un comentario