miércoles, 20 de julio de 2022

Sindicato de telefonistas emplaza a huelga en Telmex para este jueves

La medida deberá ser aprobada por los trabajadores, en voto libre y secreto.

El Sindicato de Telefonistas de la República Mexicana votó a favor del estallamiento de la huelga a partir de este jueves.

Ya solo falta que la decisión se ratifique mediante voto personal, libre, directo y secreto por los trabajadores, como la Ley Laboral lo establece, afirmó la asociación sindical en comunicado.

El sindicato acusa violaciones al contrato colectivo de trabajo y el incumplimiento de nuevas plazas laborales. En junio se logró aplazar la huelga y ambas partes acordaron la revisión del contrato colectivo, en donde se estableció un incremento del 4.5% al salario de las y los trabajadores activos y jubilados. 

Según el sindicato, hace tres años la empresa se comprometió a ofrecer casi 2 mil vacantes en todo México, pero aún no ha cumplido. En consecuencia, la empresa opera con menos personal del requerido, dice un comunicado.

Acusan a la empresa de impulsar medidas coercitivas, “como retención de salarios, y otras prestaciones, agresiones físicas, verbales y aspectos tan precarios como el de apagar elevadores en las oficinas centrales de Telmex en Parque Vía 190, en la Ciudad de México”.

El sindicato dice que por la falta de acuerdos y la no voluntad política de la empresa, la Asamblea Nacional de Representantes votó el estallamiento a huelga.

Aclaran que el voto deberá ser ratificado este mismo jueves.

¿Qué dice la Ley Federal del Trabajo?

La huelga solo puede convocarse si tiene alguno de los siguientes objetivos:
  1. Conseguir el equilibrio entre los diversos factores de la producción, armonizando los derechos del trabajo con los del capital.
  2. Obtener del patrón o patrones la celebración del contrato colectivo de trabajo y exigir su revisión.
  3. Obtener de los patrones la celebración del contrato-ley y exigir su revisión.
  4. Exigir el cumplimiento del contrato colectivo de trabajo.
  5. Exigir el cumplimiento de las disposiciones legales sobre participación de utilidades.
  6. Apoyar una huelga que tenga por objeto alguno de los enumerados anteriores; y
  7. Exigir la revisión de los salarios contractuales
Para suspender los trabajos se requiere:

-Que la suspensión se realice por la mayoría de los trabajadores de la empresa o establecimiento.

FUENTE: ARISTEGUI NOTICIAS.
AUTOR: REDACCIÓN.

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