miércoles, 28 de septiembre de 2022

Murillo Karam obtiene suspensión del proceso en su contra por el caso Ayotzinapa

Una juez ordenó suspender, por tiempo indefinido, el procedimiento iniciado contra Jesús Murillo Karam por las irregularidades cometidas durante la integración de la averiguación previa del caso Ayotzinapa.

Una juez federal ordenó suspender, por tiempo indefinido, el procedimiento iniciado contra el exprocurador General de la República, Jesús Murillo Karam, por las irregularidades cometidas durante la integración de la averiguación previa del caso Ayotzinapa.

La Juez Décimo Sexto de Distrito de Amparo en materia Penal en la Ciudad de México concedió la suspensión definitiva al exprocurador para que, hasta que se dicte sentencia definitiva de amparo, no se dicte auto de apertura a juicio en la causa penal 307/2022 por tortura, desaparición forzada y delitos contra la administración de justicia por la que Murillo Karam permanece sujeto a prisión preventiva justificada.

La juez celebró la audiencia incidental este 28 de septiembre a las 10:00 horas y ahí mismo determinó conceder la suspensión definitiva, según consta en los estrados judiciales, misma que no implica la libertad de Murillo Karam ni la cancelación del proceso penal en su contra.

Sin embargo, desde ayer ordenó enviar el expediente en el que Murillo Karam reclamó el auto de vinculación a proceso que le fue dictado el pasado 24 de agosto por el juez de control Marco Antonio Fuerte Tapia, adscrito al Centro de Justicia Penal Federal en el Reclusorio Norte, al juzgado Segundo de Distrito de Amparo en la materia.

Esto, debido a que con anterioridad el exprocurador tramitó otro juicio de garantías ante dicho juez contra su ilegal detención, incomunicación y la ejecución de cualquier orden de aprehensión.

En dicha demanda, la defensa de Murillo Karam argumentó que el exfuncionario del sexenio de Enrique Peña Nieto es inimputable, es decir, una persona legalmente incapaz por razón de su edad o estado mental, y que a pesar de ello, las autoridades lo detuvieron en cumplimiento a la orden de captura emitida por el juez Fuerte Tapia.

Además, reclamó también la vinculación a proceso derivada de la ejecución de la orden de captura, por lo que al considerar que los actos reclamados de ambas demandas tienen conexidad por encontrarse en la misma causa penal, la Juez Décimo Sexto consideró necesario enviar el expediente al juez Segundo de Distrito.

“Se estima que este juzgado Décimo Sexto de Distrito de Amparo en materia Penal en la Ciudad de México, por cuestión de turno no debe conocer y resolver el presente juicio de amparo”, señaló la juzgadora.

“Remítase vía interconexión copia digitalizada de las constancias relativas al juicio de amparo 771/2022 de este índice, al Juzgado Segundo de Distrito de Amparo en materia Penal en la Ciudad de México, para que manifieste si acepta el conocimiento del presente juicio de amparo”.

Murillo Karam es señalado por la Fiscalía General de la República (FGR) como responsable de la creación de la “verdad histórica” sobre lo que ocurrió con los 43 normalistas desaparecidos la noche y madrugada del 26 y 27 de septiembre de 2014, respectivamente, en Iguala, Guerrero.

Dicha versión, según la FGR, obstaculizó la realización de una investigación diligente para saber qué pasó con los normalistas y, para ello, se alteró evidencia para ajustarla a la “verdad histórica” que, además, se basó en testimonios supuestamente obtenidos mediante tortura.

En consecuencia, estas acciones han facilitado que los normalistas permanezcan en calidad de desaparecidos durante todos estos años.

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: DIANA LASTIRI.

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