Tras los señalamientos por las condiciones insalubres que imperaban en el centro de detención migratoria de Chiapa de Corzo, en Chiapas, el Instituto Nacional de Migración (INM) decidió clausurarlo, apelando a “los derechos humanos de las personas migrantes”.
Desde hace tres años, organizaciones defensoras de derechos humanos han denunciado el precario acceso al agua y la comida y las malas condiciones de higiene que privaban en la estación provisional “El Cupape 2” –también conocido como La Mosca--, una vieja planta productora de moscas estériles que el INM reconfiguró como centro de detención en junio de 2019 y donde privó de su libertad a miles de personas migrantes.
La apertura de El Cupape 2 coincidió con el acuerdo que pactó el canciller Marcelo Ebrard Casaubón con el gobierno estadunidense de Donald Trump, a través del cual el gobierno mexicano se comprometió a acentuar el despliegue de soldados de la Guardia Nacional y de agentes del INM para impedir el paso de las personas migrantes extranjeras por México.
En octubre de 2019, el Colectivo de Observación y Monitoreo de Derechos Humanos del Sureste Mexicano denunció que el INM contaba con apenas 2 garrafones de agua para las 370 personas amontonadas en el centro, a lo que se sumaban raciones insuficientes de comida, la ausencia de medicamentos y de atención médica, así como las “condiciones insalubres en los sanitarios y la bodega habilitada como celda es un espacio que comparten todas las personas sin hacer la diferenciación entre mujeres, hombres, familias, niñas, niños y adolescentes y población LGBTQ+”.
Reacio al monitoreo, el INM negaba el acceso del centro de detención a las personas defensoras de derechos humanos; cuando lo hacían, denunciaban las condiciones insalubres y de hacinamiento en la estación, donde cientos de hombres, mujeres y niños estaban amontonados en jaulas.
En su comunicado de hoy, el INM indicó que el cierre del centro de detención “abona al cumplimiento de las leyes y los tratados en materia migratoria, a fin de mantener espacios dignos y adecuados para el alojamiento de personas en contexto de movilidad”.
FUENTE: PROCESO.
AUTOR: MATHIEU TOURLIERE.
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