El 10 de diciembre de ese año, desde Palacio Nacional, Encinas Rodríguez anunció la reapertura de caso de Ernestina Ascencio y rechazó la versión oficial que es contraria a “las políticas en materia de protección y garantía de los derechos humanos y no representa las instrucciones que el Presidente [López Obrador] nos ha dado para atender estos asuntos”.
Abogadas y abogados para la Justicia y los Derechos Humanos, el Centro Heriberto Jara y la Coordinadora Regional de Organizaciones Indígenas de la Sierra de Zongolica, acudieron ante la CIDH desde el 11 de enero de 2012 para continuar con las investigaciones del caso de la señora Ernestina.
Fue en octubre de 2017 que la Corte admitió el caso para investigar las agresiones físicas y sexuales cometidas por agentes del Estado contra Ernestina Ascencio; la apresurada investigación y el hecho de que la víctima era mujer, indígena, adulta mayor y se encontraba en una situación de pobreza.
LOS REQUERIMIENTOS Y LAS RESPUESTAS
A través de la SRE, la CIDH mandó cuestionamientos sobre las razones por las cuales se habría instalado una base de operaciones militares en el municipio Soledad Atzompa, Veracruz; sobre si se habría iniciado algún procedimiento administrativo contra el personal adscrito en dicha base militar durante la época de los hechos; si en los reportes o informes que se hubieran emitido se encuentra alguna acción relacionada con la señora Ernestina Ascencio Rosario y detalles sobre el desarrollo de la Averiguación Previa 26ZM/04/2007 iniciada ante la Procuraduría de Justicia Militar y si los familiares de la señora Ascencio Rosario habrían participado en su integración y si presentaron algún recurso.
En el desglose se explica que aunque hubo quejas de que “el personal militar tuvo mal comportamiento ya que disponían sin pago ni permiso, de la leña que recogían las mujeres de la comunidad, además de realizar actos de hostigamiento hacia ellas”, fue desestimada porque “el personal militar fue designado para desempeñar sus actividades con pleno respeto a los derechos humanos de la población, por lo que cualquier situación irregular que se hubiese presentado, se habría atendido de manera inmediata”.
Sobre el caso concreto de la muerte de la señora Ernestina, el Ejército sostuvo que fue la CNDH la que determinó que el personal militar no tuvo ninguna responsabilidad, esto a pesar de que en su momento también se señalaron omisiones de dicha instancia nacional.
Luego la Sedena expuso que la acusación de violencia sexual partió de información tendenciosa. Descartó el testimonio de Martha, hija de Ernestina, quien relató que cuando encontró a su madre tirada a 300 metros de donde estaban los soldados le dijo: “Los soldados se me echaron encima, mi hija, me duele la cadera”.
Al respecto, el Ejército indica: “en las Averiguaciones Previas del Fuero Común y Militar no se desprende que personal militar haya cometido la supuesta agresión sexual en contra de la señora Ascencio Rosario, ni que haya cometido una conducta ilícita o contraria a las leyes y reglamentos militares”.
Y luego desestimó lo dicho por los testigos derivado de que no se logró obtener una declaración directa de la víctima por lo que no se puede saber “modo, tiempo, lugar y circunstancias de la supuesta violación, tomando en consideración que la única persona que podría dar noticia del delito era la misma señora Ascensión Rosario, atendiendo a que el delito de violación es un ilícito de realización oculta y que era sumamente necesario la deposición de la víctima”.
Se reforzó la versión con lo que informó la Fiscalía Estatal de Veracruz, quien también fue señalada de buscar encubrir a los militares, aunque tres párrafos adelante del documento admitió el propio Ejército que “se detectaron diversas omisiones e inconsistencias por parte de los peritos médicos adscritos a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Veracruz” y reconoció que hubo “negligencia, precipitación, impericia y falta de profesionalismo, por parte de los peritos médicos” y alteración de evidencia.
Aunque párrafos más abajo retomó la versión de la Procuraduría al decir que ésta determinó que no se acreditó la violación.
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