Un juez federal en el Estado de México negó la suspensión definitiva solicitada por Rafael Caro Quintero, ex líder y fundador del cártel de Guadalajara, contra su extradición y ordenó enviar el expediente a otro juez en la Ciudad de México que desde el 16 de junio de 2014 le negó el amparo contra su entrega a Estados Unidos.
El juez Sexto de Distrito en materias de Amparo y Juicios Federales en el Estado de México negó la medida que solicitó la defensa de Caro Quintero contra su traslado del penal federal del Altiplano a otro centro de reclusión con fines de extradición, deportación o expulsión del país.
Caro Quintero fue reaprehendido en julio pasado en cumplimiento a una orden de aprehensión con fines de extradición a Estados Unidos, país que lo requiere para juzgarlo por el secuestro y homicidio del agente de la DEA, Enrique “Kiki” Camarena y el piloto mexicano, Alfredo Avelar.
Además de negar la suspensión definitiva, el juez señaló que debido a que en el año 2014 Caro Quintero tramitó un amparo contra cualquier orden de aprehensión con fines de extradición ante el juez Décimo de Distrito de Amparo en materia Penal en la Ciudad de México, la nueva demanda del capo debe ser conocida por dicho juzgador.
“Se ordena remitir el presente asunto al Juzgado Décimo de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México, para evitar resoluciones contradictorias, al existir relación estrecha en los actos reclamados”, indicó.
Ese juzgado conoció del expediente 327/2014 en el que el 16 de junio de 2014 decidió sobreseer y negar el amparo solicitado por el ex líder del Cártel de Guadalajara.
Su decisión fue impugnada y el caso llegó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) donde el 9 de octubre de 2019, la Primera Sala decidió negar el amparo solicitado por Caro Quintero, contra la orden de extradición.
Esto, pese a que la defensa del capo de capos argumentó que en México ya había sido sentenciado a 40 años de prisión por el caso “Kiki” Camarena, asunto por el que EU busca juzgarlo, y que conforme a los principios generales del derecho, nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito.
FUENTE: PROCESO.
AUTOR: DIANA LASTIRI.
No hay comentarios:
Publicar un comentario