Las organizaciones GIRE, CAFIS y Odesyr informaron que la justicia federal les concedió un amparo en contra de la regulación del delito de aborto en Puebla.
En un comunicado, las ONG´s informaron que un juez de distrito determinó que los artículos del Código Penal de Puebla que regulan el aborto autoprocurado y consentido son violatorios a los derechos humanos como libre desarrollo de la personalidad, autonomía reproductiva, salud, igualdad, no discriminación y a no sufrir violencia, que corresponden a toda persona con capacidad de gestar.
En redes sociales, el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), el Centro de Análisis, Formación e Iniciativa Social (CAFIS A.C.) y el Observatorio Ciudadano de Derechos Sexuales y Reproductivos (Odesyr) se congratularon de la obtención de este amparo e hicieron un llamado al Congreso de Puebla para que reforme la legislación.
El fallo del juez de distrito señala que es inconstitucional la prohibición del aborto consentido, así como la sanción al personal que brinde apoyo a la mujer o persona con capacidad para gestar, “siempre que medie consentimiento”.
Igual, las organizaciones mencionan que la resolución judicial dejó en claro que, aunque la Constitución de Puebla establece que la vida debe ser protegida desde la concepción, “no debe utilizarse el derecho penal para sancionar a quien decide interrumpir su embarazo”.
Agregan que el amparo se concedió para que a ninguna persona gestante, ni a ningún personal médico, que reciba asistencia o defensa por parte del GIRE, CAFIS u Odesyr se les criminalice por abortar o ayudar a alguien a que aborte.
En el comunicado se agrega que, como parte de una estrategia jurídica, el GIRE y organizaciones civiles locales han promovido amparos contra los códigos penales de otras entidades como Aguascalientes, Chihuahua, Chiapas, Morelos, San Luis Potosí, Sonora, Jalisco, Querétaro y el Código Penal Federal.
“Desde las organizaciones que impulsamos esta estrategia jurídica esperamos que el Congreso de Puebla reforme su legislación y que las autoridades de salud garanticen los servicios de aborto para todas la mujeres y personas con capacidad de gestar”, puntualizan.
Igual, consideran que esta sentencia debe ser tomada en cuenta por los estados cuya legislación limita el ejercicio del derecho a decidir.
También, en el comunicado se informa que la Suprema Corte de Justicia de la Nación decidió atraer el amparo que presentaron contra el Código Penal del Estado de Aguascalientes por considerar que es un “tema de gran importancia y trascendencia”.
En ese sentido, dijeron esperar que el máximo tribunal determine que las organizaciones que interpusieron ese amparo contra la regulación del delito de aborto en Aguascalientes tienen interés legítimo para pelear su constitucionalidad y reclamar su invalidez.
FUENTE: PROCESO.
AUTOR: GABRIELA HERNÁNDEZ.
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