El Tribunal federal de Guanajuato revocó la suspensión provisional para frenar la transferencia de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).
En la sesión pública de este 19 de octubre, los magistrados determinaron que la queja presentada por el Gobierno era fundada y revocaron la suspensión que previamente había otorgado la jueza novena del distrito de Irapuato.
La suspensión otorgada establecía que la Guardia Nacional se quedase bajo el control de la Secretaría de Seguridad Pública y Ciudadana, como ordena el artículo 21 de la Constitución.
Sin embargo, en esta nueva sentencia, el Tribunal determinó que el quejoso, Ángel Castro Gómez, no probó que la transferencia de la Guardia Nacional a la Sedena le provoque un agravio directo.
“No se puede presumir válida y objetivamente que el decreto que ordena el control operativo y administrativo de la Guardia Nacional a la Sedena le genere al quejoso un agravio diferenciado, esto es, distinto al que pudiera resentir el resto de la sociedad”, explicó el ministro Gerardo Mendoza.
El magistrado dijo que la persona que interpuso la queja tenía que probar algún daño de difícil reparación, directo y personal.
Mendoza dijo que suspender la transferencia a la Sedena afecta al orden público y el interés social en combatir a la delincuencia.
Guardia Nacional pasa a Sedena
La incorporación de la Guardia Nacional a Sedena se hizo oficial en septiembre pasado, con la entrada en vigor del decreto en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y la publicación de las reformas a distintas leyes.
El decreto informa las reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; de la Ley de la Guardia Nacional; de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, y de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, en Materia de Guardia Nacional y Seguridad Pública.
Entre otras cosas, en el documento se anuncia la homologación de grados entre la Guardia Nacional y el Ejército, en donde se respetará la antigüedad, derechos y beneficios adquiridos.
Detalla también que la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana transferirá a la Sedena, dentro de un plazo de 60 días, los recursos presupuestarios y financieros que correspondan para cubrir las erogaciones por concepto de servicios personales, gastos de operación de la Guardia Nacional y recursos materiales destinados a su operación.
También señala que el personal de la extinta Policía Federal dejará de prestar sus servicios en la Guardia Nacional, por lo que seguirá bajo su adscripción, conservando sus derechos laborales adquiridos.
En el caso de la Secretaría de Marina, ésta también deberá de transferir a la Sedena recursos financieros y presupuestarios para cubrir los servicios del personal naval que se transfiera a la Guardia Nacional.
FUENTE: ANIMAL POLÍTICO.
AUTOR: REDACCIÓN.
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