El diputado del PVEM Antonio de Jesús Ramírez Ramos impulsa una iniciativa de reformas a las Ley Federal de Protección al Consumidor para que se prohíba ofrecer, suministrar o regalar bebidas azucaradas o edulcoradas y alimentos procesados o industrializados de alto contenido calórico a menores de edad en campañas publicitarias o en eventos públicos.
La iniciativa fue turnada a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad para su estudio y dictamen, y añade que la prohibición también aplicará en promociones y ofertas.
En sus argumentos, el diputado señala que el consumo de bebidas azucaradas y refrescos en menores de edad “violenta el derecho a la salud y atenta contra el interés superior de la niñez”, por lo que es “absolutamente necesario” implementar medidas encaminadas a prohibir que se les regale este tipo de bebidas.
Añade que a pesar de las disposiciones legales en materia de salud para proteger la niñez y la adolescencia y defender a los consumidores, y de la existencia del etiquetado de productos para inhibir la ingesta excesiva de bebidas azucaradas y refrescos, quedan en letra muerta al no aplicarse rigurosamente, pues los menores siguen consumiendo alimentos de bajo valor nutricional sin control.
La iniciativa refiere que los niños y adolescentes no se preocupan en profundizar sobre los efectos negativos que las bebidas azucaradas o edulcoradas generarán en su salud, “de ahí que la industria utilice estrategias de publicidad y mercadeo de manera indiscriminada en eventos públicos y promoción de estos productos, los cuales en muchas ocasiones se ofrecen de manera grutita, incluyendo a menores de edad, razón por la cual resulta necesaria la intervención de la Profeco”.
En su capítulo IV De las Promociones y Ofertas, la Ley Federal de Protección al Consumidor regula la promoción de bienes y servicios al público en general; sin embargo, no establece una prohibición clara de que, en eventos públicos donde se promocionan productos con alto valor calórico, se regalen o suministren a menores.
Asimismo, subraya que, si bien en la Ley Federal de Protección al Consumidor se menciona el derecho a la protección de la vida, la salud y la seguridad, no contiene una regulación específica que vigile una adecuada distribución de productos con ingredientes que pueden generar un daño en la salud.
El documento plantea adicionar una fracción VII y reformar el segundo párrafo del artículo 25 Bis, así como adicionar una fracción III al artículo 48 de la citada Ley Federal de Protección al Consumidor.
FUENTE: PROCESO.
AUTOR: REDACCIÓN.
No hay comentarios:
Publicar un comentario