jueves, 24 de noviembre de 2022

Layda Sansores incurrió en violencia política de género contra diputadas priistas, resuelve TEPJF

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó, el 23 de noviembre de 2022, por mayoría de votos, que la gobernadora de Campeche, Layda Sansores San Román, incurrió en violencia política de género, al manifestar la supuesta existencia de fotografías de carácter íntimo de algunas diputadas federales integrantes del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (PRI).

En sesión presencial, la mayoría de los magistrados electorales determinaron que las manifestaciones de la mandataria campechana afectaron los derechos político-electorales de las diputadas federales priistas, ya que afectaron el goce y ejercicio del cargo para el que fueron electas.

Por lo anterior, la Sala Superior del TEPJF ordenó a la gobernadora de Campeche, que elimine todas las publicaciones en las que se difunda el mensaje denunciado, tanto en sus cuentas de las diversas redes sociales, como en las del Gobierno del estado.

Además, la mayoría de los magistrados ordenaron a Sansores San Román, que se abstenga de emitir comentarios sobre las fotografías de las diputadas federales del PRI, además de que deberá emitir una disculpa pública en el programa “Martes del Jaguar” y a través de su cuenta de la red social Twitter.

Asimismo, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación consideró que la empresa Meta, así como sus filiales Facebook, Instagram y WhatsApp, deben de asegurarse de que en México se atiendan los posibles actos de violencia política de género.

Por último, la mayoría de los magistrados ordenaron a la empresa Meta ampliar sus políticas para que se detecten, eliminen y reporten los casos de violencia política de género. Ello, con la finalidad de denunciar o, en su caso, coadyuvar en el seguimiento de denuncias. Por tanto, una vez que se cuenten con esas políticas, se deberán informar públicamente.

Al respecto, la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso se manifestó en contra del criterio, al considerar que las sanciones deben ser determinadas por la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral, mientras que su homólogo Indalfer Infante Gonzales se apartó de una de las medidas de reparación ordenadas, específicamente, de la emisión de una disculpa pública (SUP-JDC-613/2022). Los votos a favor fueron de: Felipe de la Mata Pizaña, Indalfer Infante González, Felipe Fuentes Barrera y Reyes Rodríguez Mondragón.

FUENTE: SEMANARIO ZETA.
AUTOR: CARLOS ÁLVAREZ ACEVEDO.

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