lunes, 21 de noviembre de 2022

Policía Federal torturó y procesó ilegalmente a ciudadano: CNDH

El hombre fue detenido en una boda y fue marcado con una 'z' por los elementos federales.

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos emitió una recomendación a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) por violaciones graves a los derechos humanos, consistentes en actos de tortura y retención ilegal en agravio de una víctima, por parte de elementos de la entonces Policía Federal (PF) en Pátzcuaro, Michoacán.

Una persona denunció que elementos de la entonces PF la detuvieron el 5 de noviembre de 2010, para trasladarla a un motel donde la agredieron físicamente, la tuvieron incomunicada y posteriormente la expusieron ante los medios de comunicación para, finalmente, ser presentada ante la entonces Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada (SIEDO), de la extinta Procuraduría General de la República (PGR), al día siguiente de su aseguramiento.

La CNDH acreditó violaciones graves a los derechos humanos a la seguridad jurídica, a la libertad, a la integridad personal y al trato digno por actos de tortura y retención ilegal de más de 25 horas, en agravio de la víctima.

La persona fue detenida en el marco de la celebración de una boda, el 5 de noviembre de 2010, por policías federales que empezaron a disparar mientras ingresaban al salón de fiestas, lesionándola en el muslo derecho. Acto seguido, sacaron un gancho y le hicieron una “zeta” en el costado, le pusieron una venda en los ojos y la dejaron hincada para tomarle fotografías, dice la recomendación.

Luego, fue trasladada a un motel en el que le exigieron filmar un video diciendo que pertenecía a una organización criminal que emboscaba policías federales. La acostaron boca arriba con la cabeza colgando, le pusieron un trapo en la cara y le echaron agua helada; la amenazaron con agredir sexualmente a su esposa y a su hija frente a él, además de que la obligaron a disparar un arma de fuego con los ojos cubiertos, haciéndole creer que había matado a su compañero.

Posteriormente, la víctima fue sacada del motel y trasladada a un aeropuerto donde abordó un avión con destino a la Ciudad de México para ser presentada ante los medios de comunicación y luego a la SIEDO, sitio en el cual permaneció arraigada 74 días sin tener claridad de los delitos que se le imputaban, a pesar de que los agentes que la detuvieron señalaron, en su momento, que había sido asegurada a las afueras de un restaurante en la carretera Morelia-Pátzcuaro y que había sido conducida a la capital del país por carretera.

Personal de la CNDH, especializado en psicología, comprobó a través de diversos estudios que dicha persona presentaba “una perturbación emocional acumulativa con indicadores característicos de un trauma psicológico”, además de que la revisión de informes médicos constató varias lesiones, mismas que, según los policías federales se habían producido luego de que la víctima cayera de una barda al intentar evadir a los elementos de seguridad.

La CNDH solicita a la actual titular de la SSPC, Rosa Icela Rodríguez, proceder a la inmediata reparación integral del daño que se le causó a la víctima, incluyendo la compensación correspondiente; brindarle la atención médica y psicológica que requiera hasta que alcance su sanación física, psíquica y emocional, y colaborar en la integración de la averiguación previa iniciada por estos hechos e impartir un curso integral sobre el derecho a la libertad personal, seguridad jurídica y a la erradicación de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes al personal de la SSPC que realice funciones de seguridad pública y estén asignados a la zona de Pátzcuaro, Michoacán.

Recomendación 73VG/2022:
     

FUENTE: ARISTEGUI NOTICIAS.
AUTOR: REDACCIÓN.

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