El presidente Andrés Manuel López Obrador envió una iniciativa a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, para realizar reformas legales a Ley Federal para el Control de Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y Máquinas para Elaborar Cápsulas, Tabletas y/o Comprimidos.
Ello para combatir la producción y tráfico de fentanilo y metanfetamina, así como para crear un sistema de vigilancia del uso de precursores químicos, además de mayores sanciones penales y administrativas por actividades ilícitas.
En la iniciativa se indica que la Secretaría de Marina (SEMAR) será la principal autoridad de la vigilancia en los puertos para los productos químicos. También se dota de facultades al Servicio de Administración Tributaria (SAT) y a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), para vigilar las actividades empresariales de personas físicas y morales, que participan en el sector.
Asimismo, se propone la creación del Sistema Integral de Sustancias (SISUS) como una plataforma de control, registro y autorizaciones de permisos, por parte de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS).
Según la misma iniciativa de reforma, toda la información que genere el SISUS será reservada y solo se entregará por orden de un juez, por delitos relacionados con la delincuencia organizada.
“Con la operación del SISUS, se fortalecerá la seguridad en puntos de control y revisión de zonas fronterizas, aeropuertos, puertos y puntos de internación del país de precursores químicos y productos químicos esenciales”, señala la iniciativa.
“[…] ya que las instituciones encargadas de la inspección e intercepción de mercancías podrán actuar con mayor prontitud, eficacia y de manera más coordinada […] Además, se mejorarán los controles para el ingreso de las sustancias provenientes del extranjero, con el objetivo de prevenir y evitar su desvío”, dice la propuesta, en la cual también se amplían las sanciones penales, con el fin de debilitar a las organizaciones criminales, así como sus jerarquías y fortalezas económicas.
“Además de sancionar prácticas de corrupción cometidas por las personas servidoras públicas, que utilicen sus cargos para confabularse con la delincuencia organizada en estas actividades”, resalta la exposición de motivos de la iniciativa enviada por el mandatario nacional.
Además, como parte de las sanciones más importantes, la reforma propone la pena de prisión de 10 a 15 años a quienes desvíen o hagan uso de precursores químicos o químicos esenciales, para la producción de drogas sintéticas, y una multa equivalente al 10 por ciento de los ingresos obtenidos por dichas actividades.
En todos los casos, cuando la conducta sea cometida por un servidor público, la pena aumentará en dos terceras partes de lo que corresponda, es decir, puede llegar hasta 10 años más, y se le destituirá del cargo e inhabilitará de 5 a 10 años para desempeñar otro.
También se prevén de 8 a 15 años de prisión y multa por el 10 por ciento de sus ingresos totales al que falsifique o altere autorizaciones o permisos de importación o exportaciones de precursores químicos, químicos esenciales y máquinas para elaborar cápsulas, tabletas o comprimidos en el territorio nacional. La misma sanción a quien haga uso de dichos documentos falsos o alterados.
Igualmente, para la persona que tenga en posesión las sustancias químicas para elaborar las drogas sintéticas o las máquinas para hacer las pastillas, cápsulas o comprimidos, y carezca de las autorizaciones o permisos, es decir, los laboratorios clandestinos, la pena de cárcel será de 7 a 10 de prisión.
Habrá una pena de 5 a 10 años de prisión, y multa de 5 mil a 10 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), a quienes desvíen las sustancias químicas o las máquinas por medio de la simulación de operaciones, a través de la emisión de facturas o comprobantes fiscales.
La misma pena se aplicará a empresas o personas socias que sean utilizadas como instrumentos para desviar las sustancias y máquinas para elaborar las pastillas, cápsulas y comprimidos. Mientras que para los casos de importación, exportación o transporte de precursores químicos o productos esenciales por vía postal, mensajería o paquetería, la pena de prisión será de 6 a 8 años, y hasta el 10 por ciento del total de sus ingresos.
Asimismo, a quien de forma indebida introduzca, sustraiga o haga uso de la información del Sistema Integral de Sustancias, sin derecho o sin la autorización correspondiente, la sanción será de 4 a 7 años de prisión, y multa de 10 por ciento del total de sus ingresos.
En las actividades para prevenir, detectar y evitar el desvío de precursores químicos, productos químicos esenciales y máquinas para elaborar las pastillas, cápsulas y comprimidos se sumarán como coadyuvantes las secretarías de la Defensa (SEDENA), de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), así como la de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), además de la Guardia Nacional (GN).
Por otra parte, la iniciativa propone que quienes tengan actividades autorizadas para el manejo de sustancias, exportación y almacenaje de máquinas, deberán informar anualmente a la Secretaría de Economía (SE) su nombre, denominación y razón social, registro federal de causantes, así como el domicilio de las personas físicas y morales con las que realizan operaciones
Además, la COFEPRIS tendrá la facultad de requerir a las personas físicas o morales la información, documentación y datos que requieran de las actividades reguladas, y confirmar la veracidad, de concordancia con las actividades reportadas en el Sistema Integral de Sustancias, con las autoridades competentes.
En la iniciativa también se explica que la SEDENA reporta que los precursores químicos utilizados para la elaboración de drogas sintéticas en México ingresan por la vía marítima, desde el continente asiático, a los puertos de Lázaro Cárdenas, Michoacán; Mazatlán, Sinaloa; y Manzanillo, Colima.
AUTOR: CARLOS ÁLVAREZ ACEVEDO.
No hay comentarios:
Publicar un comentario