La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizará si en la Ciudad de México es posible establecer como medida de protección a las mujeres víctimas de violencia, que los pasaportes de sus hijos menores de edad se mantengan en custodia de un juez familiar hasta que éste determine quién se queda con ellos y cómo se llevarán a cabo las visitas y convivencias.
Esta medida fue añadida en el año 2020 mediante una reforma a la Ley de Acceso de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia en la Ciudad de México en la que se establecen las órdenes de protección en materia penal a favor de las mujeres víctimas de violencia.
La reforma fue impugnada tanto por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) como su homóloga en la Ciudad de México.
La CNDH impugnó específicamente la fracción XI que establece la orden de que el agresor entregue el pasaporte de sus hijos menores de 18 años para el resguardo del mismo hasta que el juez familiar determine la custodia o régimen de visitas correspondientes.
Esto, al considerar que agrega una medida de protección más de las contenidas en el Código Nacional de Procedimientos Penales y la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Liber de Violencia.
Además que, indicó el organismo, los congresos locales no están facultados constitucionalmente para legislar en materia de procedimientos penales.
La encargada de realizar el proyecto fue la ministra Yasmín Esquivel Mossa quien dará a conocer durante la sesión de este martes el sentido de su propuesta, es decir, si avalará o no la reforma realizada por el Congreso de la Ciudad de México.
FUENTE: PROCESO.
AUTOR: DIANA LASTIRI.
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