viernes, 31 de marzo de 2023

El INAI impugnará ante la Corte el Plan B; vulneraría datos personales

El pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales interpondrá una acción de inconstitucionalidad contra la reforma impulsada por AMLO.

El pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) aprobó que se interponga ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una Acción de Inconstitucionalidad contra el Plan B de la reforma electoral impulsado por el presidente Andrés Manuel López Obrador.

La resolución se adoptó durante la última sesión con el quórum legal debido a la salida del comisionado Francisco Ramírez Acuña y a que el Senado no ha completado la designación de otros dos integrantes del pleno.

“El Pleno del INAI aprobó interponer, ante la @SCJN, Acción de Inconstitucionalidad en contra de diversas disposiciones contenidas en el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en materia electoral”, informó el INAI en su cuenta de Twitter.

El Plan B fue suspendido la semana pasada por Javier Laynez, ministro de la Suprema Corte.

De acuerdo con Gonzalo Sánchez de Tagle, director jurídico del INAI, la reforma a la Ley General de Instituciones y Procedimiento Electorales incorpora el artículo 28-ter que en principio vulnera el principio de protección de datos personales y el derecho de acceso a la información al establecer la figura de flujo de información institucional en aras de integrar el sistema nacional electoral.

Lo anterior, expuso, podría ser violatorio de la garantía de protección de datos personales al señalar que toda la información institucional está disponible para la consulta de los organismos públicos y partidos políticos, incluso aquella clasificada como reservada o confidencial.

En la sesión, el comisionado Acuña advirtió que además que el Plan B viola la facultad exclusiva del Instituto Nacional Electoral para integrar el padrón y la lista nominal de residentes en el extranjero, al dejar en manos de la Secretaría de Relaciones Exteriores determinar quiénes integrarán dicha lista.

Los artículos 331 y 333 establecen que los mexicanos que residan en el extranjero pueden solicitar su inscripción a las listas nominales del padrón con su pasaporte o matrícula consular, lo que pondría en peligro los principios de integridad y unicidad de dicho padrón y, en consecuencia, los datos personales ahí contenidos, de acuerdo con el director jurídico.

“La integridad del padrón electoral es un asunto que, después del INE como su custodio, nos toca al INAI en tanto que somos la máxima autoridad administrativa constitucional en materia de protección integral de datos personales”, sostuvo Acuña.

“Es menester presentar esta acción de inconstitucionalidad contra diversos ordenamientos legales en materia electoral, conocida como Plan B porque podría vulnerar la protección de datos personales de la sociedad mexicana”, advirtió a su vez la comisionada presidenta Blanca Lilia Ibarra.

“Será la Suprema Corte quien delibere sobre los alcances de dichas consideraciones y seremos respetuosos de los procesos y de la resolución de nuestro Máximo Tribunal. Confiamos en su trabajo colegiado, plural y experto”, añadió.

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: REDACCIÓN.

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