La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó, por mayoría de votos, que “en todo proceso migratorio el Estado se encuentra obligado a asignar un defensor o defensora de oficio para la persona migrante”.
Igualmente decretó inconstitucional, a la luz del derecho a una tutela jurisdiccional, lo previsto en el artículo 111 de la Ley de Migración sobre los periodos de alojamiento en estaciones migratorias que van de quince y hasta sesenta días hábiles y lo redujo a un plazo máximo de 36 horas. Posterior al plazo, serán puestos en libertad en donde tendrán un proceso migratorio.
La Primera Sala determina esto después de que personas migrantes que fueron detenidas promovieron una demanda de amparo indirecto. Ante el fallo, la SCJN consideró que los plazos anteriores de detención que podían ser de hasta sesenta días, transgreden el artículo 21 de la Constitución Federal que determina las 36 horas para legitimar la privación de la libertad.
El principal argumento es que mientras “la persona migrante se encuentre privada de su libertad estará también formal y materialmente imposibilitada para acceder a un tribunal independiente e imparcial, con el propósito de defender sus derechos”.
Después de las 36 horas en la estación migratoria, el Instituto Nacional de Migración (INM) otorgará a la persona migrante la condición de “estancia de visitante con permiso para recibir una remuneración en el país”. Posteriormente el INM determinará su situación migratoria definitiva o un retorno asistido o de deportación.
Durante el proceso de determinación de la condición de la persona, el Estado se encuentra obligado a asignar una persona defensora de oficio como medida necesaria y reforzada para su protección.
Además, la Primera Sala de la SCJN determinó como inconstitucional que en la actualidad el proceso de detención en estaciones migrantes se haga de forma generalizada y no como excepción.
Hace unos días, Andrés Alfonso Ramírez Silva, coordinador de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR), declaró que la Comisión ya no se da abasto a pesar de que ha cuadruplicado el nivel de eficiencia. Además dijo que los albergues están saturados.
De acuerdo con el INM, durante el sexenio del presidente Andrés Manuel López Obrador México ha albergado a 1,754,030 extranjeros. El número de migrantes “muestran niveles sin precedentes” en los extranjeros que entran al país como en los mexicanos deportados por Estados Unidos.
La #PrimeraSalaSCJN determinó que las personas extranjeras sujetas a un procedimiento migratorio tienen el derecho irrenunciable a contar con una defensa adecuada y que los plazos previstos en la Ley de Migración para su alojamiento temporal son inconstitucionales.
— Suprema Corte (@SCJN) March 15, 2023
FUENTE: ARISTEGUI NOTICIAS.
AUTOR: REDACCIÓN.
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