Una reciente modificación al Código Penal de Morelos permitirá reclasificar otras muertes que no se investigaron como feminicidios.
A Marisol la encontraron en tierras de cultivo de rosas en el municipio de Temixco, en Morelos, con apenas tres años de edad fue violentada y abandonada aún con vida hasta que la fauna silvestre terminó por matarla, sin embargo su muerte no se investigó como feminicidio.
Una reciente modificación al Código Penal de Morelos permitió reclasificar el caso, buscando también impactar a otras muertes que carecieron de perspectiva de género en el estado.
Esto, luego de que la actual Legislatura local aprobó eliminar en el Código Penal la prescripción para el feminicidio y también agravar la pena con hasta 50 años de prisión por tentativa del delito.
En el caso de Marisol, quien fue hallada con rastros de tortura y violencia sexual, el cambio en la ley permitió enmendar la desatención y e imputar responsabilidad a un presunto autor.
En marzo del 2020, se recomendaba a la población a quedarse en casa debido a la pandemia por COVID-19; la suspensión de actividades escolares y laborales fue generalizada, pero los padres de Marisol debían continuar con la venta de rosas para subsistir.
Dos personas se llevaron a la niña cuando se encontraba en casa con su hermano, mientras sus padres trabajaban. En total, cuatro personas, entre ellas un tío, fueron detenidas pero solo una fue presentada en una sala de audiencia judicial ahora también por el intento de feminicidio.
La diputada local Paola Cruz Torres consideró para presentar esta iniciativa que la figura de prescripción del delito se contraponía a lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución, donde se establece que el proceso penal tendrá por objeto el esclarecimiento de los hechos, proteger al inocente, procurar que el culpable no quede impune y que los daños causados por el delito se reparen.
“Es bien sabido que a la fecha existen miles de carpetas de investigación abiertas, ya sea por falta de pruebas, de seguimiento al caso e inclusive debido a esta situaciones no se ha podido sancionar a todos los culpables. La gravedad de los delitos como violaciones y feminicidios ameritan reforzar los medios para evitar la impunidad y garantizar la protección de las víctimas así como la reparación del daño y su resarcimiento. En el caso de las violaciones, la mayoría de las víctimas suelen tardarse en procesar dicho abuso e inclusive hablar de este por lo que la mujer debería contar con la garantía de poder hacerlo en cualquier momento, sin importar si el delito fue cometido hace 10, 20, o 30 años”, sostuvo la legisladora.
Cifras de feminicidios, la punta del iceberg en Morelos
Si bien en 2022 se reportaron 32 feminicidios en el estado —según cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública—, la Comisión Independiente de Derechos Humanos del Morelos (CIDH) documentó 107 casos que superaron a los 100 registrados en 2019 y que implican un récord en los últimos 22 años, de acuerdo con la organización civil.
De los 142 feminicidios reportados en México en 2023, Morelos ocupa el octavo lugar con seis casos, pero al medir la incidencia de casos por cada 100 mil habitantes ocupa el segundo lugar nacional con una tasa de 0.55 casos.
Además, cinco de sus municipios (Emiliano Zapata, Axochiapan, Cuernavaca, Huitzilac y Yautepec) están entre los 100 con mayor incidencia en el delito de feminicidio, de acuerdo con datos del Secretariado.
La Comisión Independiente sostiene que hasta ahora el gobierno estatal aún no ha entregado el informe institucional del 2022 sobre violencia feminicida, el cual suelen comparar con su registro, por lo que la organización advierte omisiones en la atención a este fenómeno.
“La discrepancia entre las cifras de la Fiscalía y la CIDH parte de una interpretación diferente de la ley, la Fiscalía interpreta que los casos de feminicidios son solamente aquellas que cumplen todas las características que establece el código penal pero el propio protocolo de investigación que tiene la Fiscalía no la aplica adecuadamente porque dice que el primer criterio es que toda muerte violenta de mujeres tiene que ser investigada como feminicidio pero no lo hace la Fiscalía”, expone José Martínez Cruz, titular de esta organización civil.
“La situación es más grave de lo que puede registrarse en una estadística. Ya hay un criterio establecido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en donde dice este mismo criterio que la CIDH señala también para el caso de los jueces incorporando el principio pro persona, es decir, el máximo avance en cuanto a la interpretación en la defensa de los derechos de las mujeres, cosa que desafortunadamente no ocurre”, insiste.
Para la CIDH, las tentativas de feminicidio exigen ahora un nuevo registro sustentado en la reciente modificación al Código Penal de Morelos atendiendo la no prescripción y considerando la intención de matar a una mujer.
A siete años de la Alerta de Violencia de Género en Morelos, en ocho municipios del estado el observatorio da por no cumplidas las medidas de prevención por parte de las autoridades, pues desde entonces se han registrado al menos 637 casos de feminicidio en la entidad.
FUENTE: ANIMAL POLÍTICO.
AUTOR: DULCE VALDEPEÑA.
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