El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) suspendió los plazos previstos para los expedientes que deberían ser resueltos a partir del 10 de abril de 2023, ello ante la imposibilidad de sesionar en Pleno -que no tiene un mínimo de cinco comisionados, por lo que no cuenta con quórum-, para resolver los medios de impugnación presentados por los ciudadanos.
“Se suspenden los plazos y términos a partir del 10 de abril de 2023 y hasta que el pleno esté en aptitud de volver a sesionar válidamente, sólo para la emisión de las resoluciones de los medios de impugnación y procedimientos cuya aprobación sea de la exclusiva competencia del Pleno”, indicó un acuerdo aprobado el pasado 30 de marzo del presente año, durante la última sesión ordinaria, antes de que saliera el Francisco Javier Acuña y el órgano constitucional autónomo se quedara con cuatro comisionados, de siete que establece la Constitución.
Por otra parte, el 12 de abril de 2023, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) turnó a la ministra Loretta Ortiz Ahlf, la controversia constitucional presentada por el INAI, contra el veto del presidente Andrés Manuel López Obrador, del 15 de marzo del presente año, al nombramiento de los comisionados Rafael Luna Alviso y Ana Yadira Alarcón Márquez, quienes fueron elegidos, por mayoría calificada en el Senado de la República, el día 1 del mismo mes y año.
“Túrnese el expediente a la ministra Loretta Ortiz Ahlf, para que instruya el procedimiento respectivo de acuerdo con el registro que al efecto se lleva en la subsecretaría general de acuerdos de este alto tribunal”, notificó la SCJN, en la lista de acuerdos.
AUTOR: CARLOS ÁLVAREZ ACEVEDO.
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