viernes, 7 de abril de 2023

SCJN confirma que Cofepris debe hacer pública documentación sobre “CoronaVac”, vacuna contra covid-19

La Primera Sala de la Corte desechó un recurso de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal con el que buscaba que el Máximo Tribunal avalara la reserva de la información sobre la vacuna de Sinovac “por motivos de seguridad nacional”.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó que la Comisión Federal para la Protección de Riesgos Sanitarios (Cofepris) debe hacer pública la documentación sobre la autorización de la vacuna contra covid-19 “CoronaVac”, de la empresa Sinovac.

La Primera Sala de la Corte desechó un recurso de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal con el que buscaba que el Máximo Tribunal avalara la reserva de la información sobre la vacuna de Sinovac “por motivos de seguridad nacional”.

Así, por unanimidad la Primera Sala confirmó la orden del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) para que la Cofepris haga públicos los documentos, siendo este el primer fallo emitido por el Máximo Tribunal confirmando una resolución del organismo de transparencia relacionada con la publicación de documentos y compra de vacunas para enfrentar la pandemia por el covid-19 que en México dejó más de 330 mil muertos, según cifras oficiales.

En su recurso, la Presidencia de la República alegó que divulgar la información sobre el aval sanitario a la vacuna “CoronaVac” para combatir el virus SARS Cov-2 podría “menoscabar la seguridad nacional, las relaciones internacionales, la seguridad de las personas y los procesos deliberativos en trámite”.

En el fallo, cuyo proyecto fue realizado por el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, la Primera Sala coincidió con el INAI en el sentido de que conocer el documento a través del cual se aprobó el uso de la vacuna no da cuenta de procedimientos, métodos, especificaciones o técnicas sobre la generación de inteligencia en torno a la campaña nacional de vacunación contra covid-19.

También, señaló que difundir la información no implica la apertura de datos que puedan ser utilizados para actualizar o potenciar una amenaza sobre la aplicación o suministro de la vacuna para la población mexicana.

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: DIANA LASTIRI.

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