La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) le pidió al partido Morena que “conmine” a sus aspirantes a la Presidencia de la República, lo mismo a sus simpatizantes, a abstenerse de realizar actos de proselitismo político con miras a la elección presidencial del próximo año.
La comisión argumentó que estos actos pueden afectar la “equidad” y “legalidad” de ese proceso electoral, por lo que declaró procedente la tutela preventiva. Esto implica que Morena tampoco podrá hacer propaganda en anuncios espectaculares, bardas y calcomanías para automóviles con imágenes o alusiones a sus aspirantes a la Presidencia de la República.
De esta manera el instituto le dio la razón a los denunciantes, PRD y Movimiento Ciudadano, que concretamente señalaron a tres aspirantes morenistas: la jefa del gobierno capitalino, Claudia Sheinbaum; el canciller, Marcelo Ebrard; y el secretario de Gobernación, Adán Augusto López, quienes realizan presunta promoción personalizada con fines electorales, actos anticipados de campaña y posible uso de recursos públicos para estos fines.
En la queja se establece que estos funcionarios realizan giras con fines electorales en el país, en las que, en espacios públicos y redes sociales, difunden frases como “Con Marcelo sí”, “Es Claudia” y “Ahora es Adán”.
La medida cautelar es urgente a fin de que ya no se sigan violando con estos actos los principios constitucionales en materia electoral, a un año de que se realicen las elecciones presidenciales.
El proyecto aprobado lo elaboró la Unidad Técnica de lo Contencioso del INE, a partir de 200 quejas que ya se habían acumulado contra las actividades de estos aspirantes morenistas, y en él se determinó lo siguiente:
“No se trata de manifestaciones, actuaciones o propaganda aislada o espontánea, sino que es resultado de una posible estrategia a escala nacional, cuya finalidad es posicionarse frente al electorado de cara al inicio del próximo proceso electoral federal”.
Por ello –determinó la comisión del INE– estos actos pueden “afectar los principios de legalidad, imparcialidad, equidad y neutralidad”.
Este fallo de la Comisión de Quejas y Denuncias puede ser impugnado ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por lo que los denunciados todavía tienen este recurso.
FUENTE: PROCESO.
AUTOR: REDACCIÓN.
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